SAP Jaén 81/2000, 17 de Febrero de 2000

PonenteJOSE REQUENA PAREDES
ECLIES:APJ:2000:302
Número de Recurso370/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución81/2000
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 81

Iltmos. Sres.

Presidente

D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE

Magistrados

D. JOSE REQUENA PAREDES

D. GERARDO RUIZ RICO RUIZ

En la ciudad de Jaén, a diecisiete de Febrero del dos mil.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 103/97 por el Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Jaén , rollo de apelación de esta Audiencia número 370/98, a instancia de D. Víctor como Presidente de la DIRECCION000 DE JAEN representado ante este Tribunal, como apelado por la Procuradora Sra. Marin Hortelano y defendido por el Letrado D. Marcos Gutiérrez sustituido en el acto de la vista por la Letrada Sra. López García, contra D. Felix y Dª. Estefanía y contra D. Humberto y Dª Isabel representados como apelantes los dos primeros por la Procuradora Sra. Carazo y defendidos por el Letrado Sr. Carazo Gil y los segundos representados por la Procuradora Sra. Guzmán y defendidos por el Letrado Sr. Gómez Jiménez.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº cuatro de Jaén con fecha doce de Mayo de mil novecientos noventa y ocho .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dª. María Victoria Marín Hortelano, en nombre y representación de la DIRECCION000 , de esta ciudad de Jaén, en ejercicio de una acción de realización de obras y reparación de daños, en los autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía número 103/97 de este a Juzgado, contra D. Humberto , D Isabel , D. Felix y Dª Estefanía , debo condenar y condeno a los demandados a que realicen en los patios traseros de sus viviendas, situadas en los números NUM000 y NUM001 de la CALLE000 , de Jaén, las obras necesarias de enlosado de los mismos para que las aguas pluviales evacuen adecuadamente a través de sumidero hasta la red de saneamiento y, asimismo, debo condenarles y les condeno a que efectúen la total reparación de los daños y desperfectos ocasionados en las zonas comunes y privativas del edificio de los actores y al pago de las costas procesales de esta instancia.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por los codemandados, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº cuatro de Jaén, que acordó la...

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