SAP Madrid 25/2008, 30 de Enero de 2008

PonenteARACELI PERDICES LOPEZ
ECLIES:APM:2008:287
Número de Recurso19/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución25/2008
Fecha de Resolución30 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 1

MADRID

SENTENCIA: 00025/2008

Rollo de apelación número 19/2008

Juicio de faltas número 285/2005

Juzgado de Instrucción número 2 de Arganda del Rey

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN PRIMERA

S E N T E N CI A Nº 25/2008

En Madrid, a treinta de enero de 2008

La Ilma. Sra. Dª Araceli Perdices López, Magistrado de esta Audiencia Provincial, Sección Primera, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82.2º de la L.O.P.J., ha visto el presente recurso de apelación de juicio de faltas número 285/2005 del Juzgado de Instrucción número 2 de Arganda del Rey, en el que ha sido parte como apelante D. Carlos Jesús y como apelado Allianz S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el indicado juicio de faltas se dictó sentencia el día 26 de abril de 2005 con el siguiente fallo:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Don Alvaro como autor penalmente responsable de una falta prevista y penada en el artículo 621.4 del Código Penal, a la pena de multa de TREINTA DIAS DE MULTA con cuota diaria de DOS (2) EUROS con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a que indemnice a Don Carlos Jesús en la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA (3.260) EUROS por los daños personales padecidos, NUEVE EUROS CON NOVENTA CENTIMOS (9,90) por los gastos farmacológicos, NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA CENTIMOS (92,80) por los gastos de grúa y TRES MIL CIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS (3.192) por los daños materiales de su vehículo, y todo ello solidariamente junto a la Entidad ALLIANZ como Responsable Civil Directa, imponiéndole a ésta el pago de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de CASPE Y HASEMA DISTRIBUCIONES; todo ello con expresa imposición de costas a los condenados en los términos establecidos en el Fundamento de Derecho Octavo de la presente resolución."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Carlos Jesús que fue admitido a trámite en ambos efectos, dándose traslado del mismo por diez días a las otras partes con el resultado que obra en autos, remitiéndose seguidamente los autos a esta Sala, sin que se haya propuesto prueba, ni interesado, o considerado necesaria la celebración de vista.

No procede hacer declaración por lo que a continuación se dirá.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se articula el recurso de apelación sobre la base de que se producido un error en la valoración de la prueba a la hora de denegar la indemnización solicitada por gastos de rehabilitación.

Sin embargo no es procedente entrar a discutir este extremo porque un examen de la...

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