SAP Huesca 13/2005, 19 de Enero de 2005

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
ECLIES:APHU:2005:22
Número de Recurso250/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución13/2005
Fecha de Resolución19 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 13

PRESIDENTE

D. SANTIAGO SERENA PUIG

MAGISTRADOS

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

En Huesca, a diecinueve de enero de dos mil cinco.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de liquidación de sociedad de gananciales 284/2003 seguidos ante el juzgado de primera instancia Nº I de Jaca

, sobre formación de inventario consorcial. Alicia los promovió, como demandante, representada en esta alzada por el procurador doá Hortensia Barrio Puyal y dirigida por la letrado doña Gema Garreta Romanos, contra Marcos , como demandado, representado por la procurador doña María Teresa Ortega Navasa y defendido por el letrado don José Luis Lalaguna López. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 250 del año 2004, e interpuesto por el citado demandado. Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

SEGUNDO

El indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento referido, dictó la sentencia apelada el día 1 de junio de 2004 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: estimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Ignacio Laguarta Valero, en nombre y representación de Dña Alicia y apruebo el inventario propuesto por ésta, y que consta en el escrito de solicitud de fecha 10 de octubre de 2003 y condeno en costas a la parte demandada".

TERCERO

Contra la anterior sentencia el demandado preparó recurso de apelación. El juzgadoadmitió a trámite el recurso y emplazó al apelantes por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en el indicado plazo mediante la presentación del correspondiente escritos, en el que solicitó la revocación de la sentencia apelada y la declaración de que en la partida del activo, y respecto de las edificaciones descritas como bien inmueble inscrito al tomo 1167,libro 87, folios 149, 151 y 153, fincas números NUM000 , NUM001 y NUM002 , es de carácter privativo Don. Marcos , teniendo la esposa un derecho a la mitad del aumento del valor que los bienes tengan como consecuencia de la mejora al tiempo de la disolución y respecto del pasivo de la sociedad la declaración de un derecho de reintegro a favor de Marcos , por las cuotas satisfecha a la CAI, como consecuencia del abono exclusivo del préstamo hipotecario desde noviembre del año 2000, fecha de la separación, y que al mes de marzo de 2004, fecha de la celebración de vista, ascendía a 21.206,04 euros, más las que pague con posterioridad a dicha fecha. En igual sentido que se declare como derecho reintegrable a favor de Marcos el importe de las facturas por honorarios abonados por el mismo con posterioridad a la separación que ascendían a 5.317,789 euros. Dicho reintegro será de la mitad de dichos pagos efectuados por

Marcos , con las costas a cargo de la parte contraria. A continuación, el juzgado dio traslado a la otra parte del recurso presentado para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable. En esa fase, la actora se opuso por escrito al recurso planteado de adverso. Seguidamente, el juzgado remitió los autos a este tribunal, en donde quedaron registrados al número 250/2004 y, personadas las partes ante este tribunal se procedió a la...

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