SAP Badajoz 48/2005, 14 de Febrero de 2005

PonenteJESUS MARIA GOMEZ FLORES
ECLIES:APBA:2005:109
Número de Recurso48/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución48/2005
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

SENTENCIA N º 48/05.

ILMOS. SRS................................... /

PRESIDENTE ACCTAL........................ /

D. MIGUEL ANGEL NARVÁEZ BERMEJO

MAGISTRADOS.............................. /

D. JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO

D. JESUS Mª GOMEZ FLORES (Ponente)

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Recurso Civil núm. 48/2005

Autos: JUICIO VERBAL 169/2004

Juzgado Primera Instancia de MONTIJO

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En Mérida , a catorce de febrero de dos mil cinco.

Vistos, en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 169/2004, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de MONTIJO, sobre JUICIO VERBAL, en los que aparece como apelante ALLIANZ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., representada por la Procuradora Sra. Viera Ariza y defendida por el Letrado Sr. Galeano Hergueta, y como apelados la también aseguradora FIATC MUTUA DE SEGUROS y HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A., representadas por el Procurador Sr. Mena Velasco y defendidas por el Letrado Sr. Menaya Zambrano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 15 de octubre de 2002 dictó la Sra. Juez de Primera Instancia de Montijo .SEGUNDO. La referida sentencia contiene el siguiente Fallo: " Que estimando la demanda interpuesta por FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA y HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A., contra ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., D. Benito y DOÑA Sara , debo condenar y condeno a los demandados a abonar, conjunta y solidariamente, a FIATC MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA la cantidad de 2.187,84 € y a HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A. la cantidad de 224,20 €, debiendo satisfacer la entidad aseguradora ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en un 50 % desde la fecha del accidente (24-7-2003) hasta su pago al actor, respecto a la cantidad a abonar a HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A., sin que transcurridos dos años, el interés pueda ser inferior al 20 %, imponiéndose las costas a los demandados".

TERCERO

Contra expresada sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de ALLIANZ CÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., que le fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte, para su adhesión o impugnación al mismo, y una vez verificado ( la representación de FIATC MUTUA DE SEGUROS y HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A. presentó escrito impugnando el recurso) , se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites, turnándose de ponencia y no habiéndose considerado necesaria la celebración de vista pública.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado en lo esencial las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS Mª GOMEZ FLORES, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Montijo en los autos de Juicio Verbal 169/2004, que estimó las pretensiones deducidas por la entidad FIATC MUTUA DE SEGUROS y HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A., se alza la condenada, ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS SA., fundamentando sustancialmente su recurso en la alegación de falta de legitimación activa de la Aseguradora FIATC para poder ejercitar la acción de reclamación de cantidad frente a los demandados ( por subrogación de su asegurado HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A.)

, toda vez que no habría acreditado en forma la existencia del contrato de seguro. Como segundo motivo de recurso, se impugnaba el informe pericial acompañado a la demanda, considerando que no podría considerarse documento válido para acreditar el importe de los daños al haber sido elaborado por un técnico de la propia compañía aseguradora demandante.

De contrario, por la representación de FIATC y de HERMANOS FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ S.A. se impugna el recurso, solicitando en definitiva la íntegra confirmación de la resolución apelada.

Estudiando por tanto la cuestión suscitada, decíamos que ha resultado discutida por parte de ALLIANZ la legitimación activa de la también aseguradora FIATC...

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