Rectificación de errores voluntarios e involuntarios. Finca inscrita como presuntivamente ganancial por manifestaciones erróneas

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas10-11

Hechos: Una finca consta inscrita a favor de una persona, con carácter presuntivamente ganancial con su esposa, porque en la escritura manifestó el comprador estar casado con determinada persona. Ahora se otorga la escritura de venta de dicha finca por dicho señor y manifiesta estar soltero, y además lo acredita con un certificado de vida y estado civil.

El registrador exige el consentimiento de la presunta esposa, la cual, en otra finca vendida, ya prestó el consentimiento para la venta.

El interesado recurre y alega que tal consentimiento no es necesario, pues el estado civil de soltería está acreditado con el certificado de vida y estado civil aportado, y que ello es suficiente para justificarlo, conforme a lo establecido en el artículo 363 del RRC, y a la Circular de la DGRN de 16 de noviembre de 1984. Añade también que el estado civil (de casado) del vendedor ingresó en el Registro por manifestaciones, y que el Registro de la Propiedad no es un registro del estado civil. El notario autorizante informa en ese sentido también.

La DGRN desestima el recurso. Empieza por señalar que se presume que el bien inscrito como presuntivamente ganancial pertenece a su titular bajo el régimen jurídico de la sociedad de gananciales, según publica el Registro. Es necesario por ello rectificar el Registro y diferencia entre errores de hecho no voluntarios y errores de hecho voluntarios.

En el presente caso, al ser un error...

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