ORDEN de 19 de marzo de 2003, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, a la Fundación denominada 'Hermida de la Chica', de la localidad de Sevilla.
Marginal | BOE-A-2003-7387 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Comunidad Autonóma de Andalucia |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 19 de marzo de 2003, de la ConsejerÃa de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, a la Fundación denominada "Hermida de la Chica", de la localidad de Sevilla.
Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de
Fundaciones Docentes de esta ConsejerÃa, de la Fundación denominada
"Hermida de la Chica", constituida y domiciliada en Sevilla, avda. Manuel
Siurot, n.o 61.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación "Hermida de la Chica", fue constituida en
Escrituras Públicas de fecha 28 de julio de 1978, subsanada por otra de fecha 1
de marzo de 1981 y finalmente refundidos sus Estatutos por otras de
fecha 13 de diciembre de 1983, fundada por la Excma. Sra. D.a MarÃa
de las Angustias Hermida de la Chica, bajo testamento abierto otorgado
ante el Notario de Madrid, D. Francisco Javier Monedero Gil, con fecha 8
de diciembre de 1974.
Segundo.-Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes:
La realización de cuantos programas, actuaciones o gestiones se
consideren necesarias para conseguir la formación religiosa o educativa, la
formación profesional o recuperación social de los sectores de población
necesitados económicamente.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está constituida por:
Activo: Compuesto por varias fincas cuyo valor estimativo asciende
a un millón doscientos siete mil setecientos cincuenta y siete, con noventa
y siete (1.207.757,97) euros.
Pasivo: Asciende a treinta y tres mil cuatrocientos treinta y cuatro
con treinta y un (33.434,31) euros.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación,
se confÃa de modo exclusivo a un Patronato, formado por tres religiosos
de la CompañÃa de Jesús, designados por el Provincial con jurisdicción
en el territorio de AndalucÃa, ampliable por acuerdo del Patronato.
Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de AutonomÃa de
AndalucÃa, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en actividades de Interés General y
el Decreto 2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de
Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, y demás normas de
general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta ConsejerÃa tiene asignadas, en virtud del
Decreto 246/2000, de 31 de mayo, de estructura orgánica de la ConsejerÃa de
Educación y Ciencia, las competencias sobre las...
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