Orden ITC/958/2008, de 2 de abril, por la que se efectúa para el año 2008, la convocatoria de ayudas del Programa Nacional de Proyectos de Innovación, de la línea instrumental de actuación de proyectos de I+D+I, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, que engloba al subprograma de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) para proyectos de carácter suprarregional.
Marginal | BOE-A-2008-6234 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Industria, Turismo y Comercio |
Rango de Ley | Orden |
El subprograma de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), contemplado en el Plan de Fomento Empresarial aprobado por el Gobierno el 27 de enero de 2006 y regulado por el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, constituye en 2008 el único subprograma del Programa Nacional de Proyectos de Innovación.
En el preámbulo de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la línea instrumental de actuación de proyectos de I+D+i, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, se declara que los objetivos del Programa Nacional de Proyectos de Innovación engloban los del vigente Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), regulado por el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013. Asimismo se señala que, por este motivo, las convocatorias que se realicen a partir de 2008 al amparo del mencionado real decreto y de la Orden ITC/633/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de gestión centralizada de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) 2007-2013, quedarán incluidas en el marco del Programa Nacional de proyectos de innovación.
La finalidad inmediata del subprograma InnoEmpresa es promover proyectos de innovación en el colectivo de las pequeñas y medianas empresas. Por ello, este subprograma forma parte del Programa Nacional de Proyectos de Innovación que, a su vez se inscribe en la Línea Instrumental de proyectos de I+D+i del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica, 2008-2011, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007. El objetivo del Programa Nacional de Proyectos de Innovación, según establece el Plan Nacional de I+D+i, 2008-2011, es promover la realización, por parte de las empresas, de proyectos de innovación y transferencia de tecnología, que implican la incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados. También contemplan la aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
La presente orden se dicta conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el apartado décimo de la Orden ITC/633/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de gestión centralizada de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) 2007-2013.
En su virtud dispongo:
Primero. Objeto y régimen de ayudas.
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Constituye el objeto de esta orden la convocatoria de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del subprograma de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) para el ejercicio 2008, y los procedimientos de gestión para la aplicación de dichas ayudas, de acuerdo con lo previsto en la Orden ITC/633/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de gestión centralizada de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) 2007-2013 (B.O.E. n.º 65, de 16 de marzo de 2007).
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Dichas ayudas se otorgan de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento (CE) n.º 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (DOCE L 10 de 13 de enero de 2001), modificado por el Reglamento (CE) n.º 364/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004 (DOUE L 63 de 28 de febrero de 2004) y por el Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006 (DOUE L 358 de 16 de diciembre de 2006), cuyo periodo de aplicación ha sido prorrogado por el Reglamento (CE) n.º 1976/2006 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2006 (DOUE L 368 de 23 de diciembre de 2006).
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Las ayudas serán en forma de subvenciones.
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La convocatoria para el ejercicio de 2008 será de carácter anual, con un procedimiento único de evaluación y resolución.
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El régimen de concesión será de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Segundo. Ámbito de aplicación.
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Esta convocatoria es exclusivamente para proyectos de carácter suprarregional, definiéndose como tales los proyectos que contemplan actuaciones en las que participan pequeñas y medianas empresas de varias comunidades autónomas.
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Esta orden será de aplicación en todo el ámbito nacional, teniendo en cuenta las peculiaridades derivadas de los regímenes económicos especiales de determinadas comunidades autónomas, y sin perjuicio de que los límites máximos de intensidad de ayuda varíen según el territorio en el que se desarrolle el proyecto.
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Asimismo, será de aplicación a los sectores de industria (incluida la agroalimentaria), construcción, turismo, comercio y servicios, no aplicándose a:
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Los productos de la pesca y la acuicultura regulados por el Reglamento (CE) n.º 104/2000 del Consejo y las actividades relacionadas con la producción primaria (agricultura) de productos agrícolas; fabricación y comercialización de productos de imitación o sustitución de la leche y los productos lácteos.
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Las ayudas a favor de actividades vinculadas a la exportación, es decir las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, a la puesta en marcha y funcionamiento de una red de distribución o de otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.
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Las ayudas subordinadas a la utilización preferente de productos nacionales respecto a productos importados.
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Las ayudas a que se refiere el Reglamento (CE) n.º 1407/2002, del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.
Tercero. Financiación.
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El crédito disponible máximo con que cuentan las ayudas contenidas en esta orden para la convocatoria 2008 es de 12.658.520 euros, 558.520 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 20.17.467C.747 y 12.100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 20.17.467C.782, consignadas en los Presupuestos Generales del Estado para 2008, siendo dicha distribución de carácter estimativo.
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Las ayudas previstas en esta orden podrán ser cofinanciadas con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.
Cuarto. Tipo de proyectos objeto de las ayudas.-Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que se contemplan a continuación:
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Innovación organizativa y gestión avanzada.
1.1 Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como:
Organización de la producción.
Relaciones con proveedores o clientes.
Innovación en los modelos de marketing y de comercialización.
Gestión medioambiental.
Innovación en eficiencia energética.
Innovación en logística y distribución.
Innovación en el área de Recursos Humanos.
Integración de los sistemas de gestión empresarial.
1.2 Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.
1.3 Apoyo a la incorporación de diseño de producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto.
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Innovación tecnológica y calidad.
2.1 Elaboración de planes de mejora tecnológica mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de centros tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras técnicas especializadas para la implantación de soluciones específicas.
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Proyectos de innovación en colaboración.
3.1 Apoyo a proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forme parte de la cadena de valor de un producto, a través de la implantación conjunta de proyectos integrados de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos innovadores de implantación conjunta, como ingeniería concurrente o diseño distribuido, destinados a mejorar procesos y productos de empresas vinculadas por la cadena de valor.
3.2 Identificación de necesidades tecnológicas, desarrollos de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y medianas empresas (Pyme).
Dado que el subprograma InnoEmpresa se dirige a fomentar la innovación en las pequeñas y medianas empresas (Pyme), los proyectos que se presenten pueden tener un importante componente de desarrollo e incorporación de tecnologías de la información y de las comunicaciones y se contemplan las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) con carácter transversal en todo el subprograma para atender los requerimientos que en cada caso exijan los proyectos.
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Dentro de cada una de las líneas de actuación descritas, se considerarán prioritarios los tipos de proyectos que se indican en el anexo II de esta orden.
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Los proyectos que presenten los organismos intermedios para acogerse a este régimen de ayudas deberán contemplar la prestación de servicios de carácter innovador a un conjunto de pequeñas y medianas empresas (Pyme) que participarán en su ejecución y financiación.
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Los organismos intermedios deberán establecer un plan que defina el número de empresas que van a participar en el mismo, su carácter de pequeña o mediana empresa, el sector al que pertenecen y el ámbito...
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