Orden ITC/958/2008, de 2 de abril, por la que se efectúa para el año 2008, la convocatoria de ayudas del Programa Nacional de Proyectos de Innovación, de la línea instrumental de actuación de proyectos de I+D+I, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, que engloba al subprograma de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) para proyectos de carácter suprarregional.

MarginalBOE-A-2008-6234
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

El subprograma de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), contemplado en el Plan de Fomento Empresarial aprobado por el Gobierno el 27 de enero de 2006 y regulado por el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, constituye en 2008 el único subprograma del Programa Nacional de Proyectos de Innovación.

En el preámbulo de la Orden PRE/621/2008, de 7 de marzo, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la línea instrumental de actuación de proyectos de I+D+i, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, se declara que los objetivos del Programa Nacional de Proyectos de Innovación engloban los del vigente Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), regulado por el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013. Asimismo se señala que, por este motivo, las convocatorias que se realicen a partir de 2008 al amparo del mencionado real decreto y de la Orden ITC/633/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de gestión centralizada de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) 2007-2013, quedarán incluidas en el marco del Programa Nacional de proyectos de innovación.

La finalidad inmediata del subprograma InnoEmpresa es promover proyectos de innovación en el colectivo de las pequeñas y medianas empresas. Por ello, este subprograma forma parte del Programa Nacional de Proyectos de Innovación que, a su vez se inscribe en la Línea Instrumental de proyectos de I+D+i del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica, 2008-2011, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007. El objetivo del Programa Nacional de Proyectos de Innovación, según establece el Plan Nacional de I+D+i, 2008-2011, es promover la realización, por parte de las empresas, de proyectos de innovación y transferencia de tecnología, que implican la incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados. También contemplan la aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.

La presente orden se dicta conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el apartado décimo de la Orden ITC/633/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de gestión centralizada de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) 2007-2013.

En su virtud dispongo:

Primero. Objeto y régimen de ayudas.

  1. Constituye el objeto de esta orden la convocatoria de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del subprograma de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) para el ejercicio 2008, y los procedimientos de gestión para la aplicación de dichas ayudas, de acuerdo con lo previsto en la Orden ITC/633/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del sistema de gestión centralizada de las ayudas para proyectos de carácter suprarregional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa) 2007-2013 (B.O.E. n.º 65, de 16 de marzo de 2007).

  2. Dichas ayudas se otorgan de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Reglamento (CE) n.º 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (DOCE L 10 de 13 de enero de 2001), modificado por el Reglamento (CE) n.º 364/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004 (DOUE L 63 de 28 de febrero de 2004) y por el Reglamento (CE) n.º 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006 (DOUE L 358 de 16 de diciembre de 2006), cuyo periodo de aplicación ha sido prorrogado por el Reglamento (CE) n.º 1976/2006 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2006 (DOUE L 368 de 23 de diciembre de 2006).

  3. Las ayudas serán en forma de subvenciones.

  4. La convocatoria para el ejercicio de 2008 será de carácter anual, con un procedimiento único de evaluación y resolución.

  5. El régimen de concesión será de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.

    Segundo. Ámbito de aplicación.

  6. Esta convocatoria es exclusivamente para proyectos de carácter suprarregional, definiéndose como tales los proyectos que contemplan actuaciones en las que participan pequeñas y medianas empresas de varias comunidades autónomas.

  7. Esta orden será de aplicación en todo el ámbito nacional, teniendo en cuenta las peculiaridades derivadas de los regímenes económicos especiales de determinadas comunidades autónomas, y sin perjuicio de que los límites máximos de intensidad de ayuda varíen según el territorio en el que se desarrolle el proyecto.

  8. Asimismo, será de aplicación a los sectores de industria (incluida la agroalimentaria), construcción, turismo, comercio y servicios, no aplicándose a:

    1. Los productos de la pesca y la acuicultura regulados por el Reglamento (CE) n.º 104/2000 del Consejo y las actividades relacionadas con la producción primaria (agricultura) de productos agrícolas; fabricación y comercialización de productos de imitación o sustitución de la leche y los productos lácteos.

    2. Las ayudas a favor de actividades vinculadas a la exportación, es decir las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, a la puesta en marcha y funcionamiento de una red de distribución o de otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

    3. Las ayudas subordinadas a la utilización preferente de productos nacionales respecto a productos importados.

    4. Las ayudas a que se refiere el Reglamento (CE) n.º 1407/2002, del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

    Tercero. Financiación.

  9. El crédito disponible máximo con que cuentan las ayudas contenidas en esta orden para la convocatoria 2008 es de 12.658.520 euros, 558.520 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 20.17.467C.747 y 12.100.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 20.17.467C.782, consignadas en los Presupuestos Generales del Estado para 2008, siendo dicha distribución de carácter estimativo.

  10. Las ayudas previstas en esta orden podrán ser cofinanciadas con recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.

    Cuarto. Tipo de proyectos objeto de las ayudas.-Podrán ser objeto de ayuda las actuaciones que se contemplan a continuación:

  11. Innovación organizativa y gestión avanzada.

    1.1 Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa como:

    Organización de la producción.

    Relaciones con proveedores o clientes.

    Innovación en los modelos de marketing y de comercialización.

    Gestión medioambiental.

    Innovación en eficiencia energética.

    Innovación en logística y distribución.

    Innovación en el área de Recursos Humanos.

    Integración de los sistemas de gestión empresarial.

    1.2 Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.

    1.3 Apoyo a la incorporación de diseño de producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo producto.

  12. Innovación tecnológica y calidad.

    2.1 Elaboración de planes de mejora tecnológica mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de centros tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras técnicas especializadas para la implantación de soluciones específicas.

  13. Proyectos de innovación en colaboración.

    3.1 Apoyo a proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forme parte de la cadena de valor de un producto, a través de la implantación conjunta de proyectos integrados de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos innovadores de implantación conjunta, como ingeniería concurrente o diseño distribuido, destinados a mejorar procesos y productos de empresas vinculadas por la cadena de valor.

    3.2 Identificación de necesidades tecnológicas, desarrollos de soluciones técnicas y organizativas comunes y utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y medianas empresas (Pyme).

    Dado que el subprograma InnoEmpresa se dirige a fomentar la innovación en las pequeñas y medianas empresas (Pyme), los proyectos que se presenten pueden tener un importante componente de desarrollo e incorporación de tecnologías de la información y de las comunicaciones y se contemplan las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) con carácter transversal en todo el subprograma para atender los requerimientos que en cada caso exijan los proyectos.

  14. Dentro de cada una de las líneas de actuación descritas, se considerarán prioritarios los tipos de proyectos que se indican en el anexo II de esta orden.

  15. Los proyectos que presenten los organismos intermedios para acogerse a este régimen de ayudas deberán contemplar la prestación de servicios de carácter innovador a un conjunto de pequeñas y medianas empresas (Pyme) que participarán en su ejecución y financiación.

  16. Los organismos intermedios deberán establecer un plan que defina el número de empresas que van a participar en el mismo, su carácter de pequeña o mediana empresa, el sector al que pertenecen y el ámbito...

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