ORDEN AAR/252/2007, de 16 de julio, por la que se regula la recogida de erizos de mar en el litoral catalán durante las campañas 2007 y 2008.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/252/2007, de 16 de julio, por la que se regula la recogida de erizos de mar en el litoral catalán durante las campañas 2007 y 2008.

En el litoral catalán, fundamentalmente en la costa de Girona, la captura del erizo de mar como especie de alto valor gastronómico ha sufrido un fuerte incremento en estos últimos años, lo que está provocando una significativa reducción en la densidad de las poblaciones, según los estudios encargados por la Dirección General de Pesca y Acción Marítima. Esta situación obliga a tomar las medidas pertinentes para evitar poner en peligro la rentabilidad futura de esta pesquera.

Actualmente la explotación de estas especies de equinodermos está sometida, por una parte, a una explotación comercial destinada a satisfacer la demanda de una cocina mediterránea muy especializada y por otra parte, a una recogida de tipo recreativo destinada al consumo propio, muy habitual en el litoral ampurdanés. Ambas actividades están actualmente reguladas por la Orden ARP/153/2002, de 6 de mayo, por la que se establece una medida mínima y un período de veda para el erizo de mar (DOGC núm. 3634, de 13.5.2002) y el Decreto 109/1995, de 24 de marzo, de regulación de la pesca marítima recreativa (DOGC núm. 2040, de 21.4.1995).

Con respecto a la recogida profesional del erizo de mar esta Orden sustituye a las publicadas hasta ahora, impone una serie de medidas más restrictivas encaminadas exclusivamente a garantizar la explotación sostenible del recurso. En relación con la recogida con carácter recreativo, esta Orden desarrolla el artículo 27.1 del Decreto 109/1995, de 24 de marzo, de regulación de la pesca marítima recreativa, y establece, de la misma manera que para las personas profesionales, una talla mínima y un período de veda anual.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto y ámbito de aplicación

1.1 El objeto de esta Orden es regular en el litoral catalán la extracción de erizos de mar que pertenecen a las especias Paracentrotus lividus, Sphaerechinus granularis, Arbacia lixula, mediante el establecimiento de medidas de control del esfuerzo pesquero durante la campaña 2007 y 2008.

1.2 Estas medidas son de aplicación tanto a las personas mariscadoras profesionales como a las que practican la pesca recreativa.

1.3 A efectos de esta Orden se entiende por erizo de mar el animal invertebrado marino tipo equinodermo, de la clase...

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