SAP Ciudad Real 131/2002, 19 de Abril de 2002

PonenteLUIS CASERO LINARES
ECLIES:APCR:2002:609
Número de Recurso451/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2002
Fecha de Resolución19 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA N° 131

CIUDAD REAL, a diecinueve de abril de dos mil dos.

La Sala, de la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, ha examinado y votado el recurso de

apelación admitido a la parte demandante y demandada, en los autos de J. de Cognición 159-01

seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia de Villanueva de los Infantes seguidos entre partes, de una

como demandante-apelante Juan María , dirigido por el letrado D. Luis Angel de

la Manzanara Cano, y de otra como demandada-apelante Germán ,

dirigido por el letrado D. Carlos M.Germán Escudero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado 1ª Instancia Villanueva de los Infantes, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales D. Arnaldo Serrano Fernandez, en nombre y representación de D. Juan María , contra D. Germán , debo condenar y condeno a éste último a satisfacer al actor la cantidad de 207.000 pts por daños y perjuicios ocasionados en la finca de su propiedad que se describe en la demanda, más los intereses del artículo 921 LEC, desde la demanda, más los intereses del artículo 921 LEC, desde la fecha de esta sentencia, y sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas."

SEGUNDO

La relacionado sentencia que lleva fecha 3 de septiembre de 2001 se recurrió en apelación por la parte demandante y demandada, y admitido el recurso, por ambas partes, se hicieron las alegaciones que a su derecho estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, remitiéndose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, y registrado el presente recurso se ha tramitado como es de rigor, señalándose para la votación y Fallo el día 10 de abril de 2002.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el término en dictar sentencia por haber causas penales de carácter preferente.

VISTO siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON LUIS CASERO LINARES.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se reclaman a través de éste procedimiento los daños sufridos en la viña del actor como consecuencia de la acción de los conejos y liebres del coto del demandado. La Juez de Primera Instancia entiende que existe responsabilidad del dueño del coto y también del demandante por no realizar ninguna actividad tendente a proteger su plantación reduciendo la indemnización por daños a la mitad.

Contra ésta decisión se recurre por ambas partes.

SEGUNDO

El recurso de la parte actora se basa en negar la evidencia de que su finca pertenece al coto, teniendo cedidos los derechos de caza a cambio de una cantidad que percibe todos los años. Resulta inexplicable tal causa de oposición- abiertamente opuesta no solo a la prueba practicada sino a lo manifestado por la propia parte en su demanda, en la que reconoce en su Hecho Segundo que "la finca antes descrita, forma parte del coto de caza menor no C.R. 11.498, conocido con el sobrenombre de COTO JAROMAR".

TERCERO

El recurso de la parte demandada tiene una doble argumentación: la primera negar la legitimación del actor al no estar ante una finca ajena al coto sino integrante del mismo y con...

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