SAP Asturias 236/2007, 18 de Junio de 2007

PonenteJOSE MANUEL BARRAL DIAZ
ECLIES:APO:2007:2070
Número de Recurso252/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución236/2007
Fecha de Resolución18 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

OVIEDO

SENTENCIA: 00236/2007

RECURSO DE APELACION (LECN) 0000252 /2007

En OVIEDO, a dieciocho de junio de dos mil siete. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial,

compuesta por, los Ilmos. Srs. D. José Manuel Barral Díaz, Presidente; Dª Maria Elena Rodríguez Vígil Rubio y D. Jaime Riaza García, Magistrados; ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 236

En el Rollo de apelación núm. 252/07, dimanante de los autos de juicio civil verbal, que con el número 273/06 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de Grado, siendo apelante DON Luis Carlos, demandante en 1ª Instancia, representado por la Procuradora SRA. DOÑA CARMEN ALONSO GONZALEZ y asistido por el Letrado DOÑA YOLANDA RODRIGUEZ RODRIGUEZ; y como parte apelada SOCIEDAD DE CAZADORES DE GRADO, demandada en dicha instancia, representada por el Procurador/a SRA. DOÑA YOLANDA RODRIGUEZ DIAZ y asistido/a por el Letrado DON VICENTE QUINTANILLA SACRISTAN; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don José Manuel Barral Díaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de los de Grado, dictó sentencia en fecha 12 de febrero de 2007 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda formulada por Luis Carlos contra Club Deportivo "Sociedad de Cazadores de Grado", con imposición al demandante de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dio el preceptivo traslado a las demás partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley, que lo evacuaron en plazo con oposición al mismo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 14-6- 07.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia desestima la demanda en reclamación de los daños causados a una ternera de la propiedad del actor por la negligencia de algunos de los socios cazadores de la Sociedad demandada, al introducirse en la finca en la que se encontraba el animal. Estima dicha sentencia que no quedó acreditada la relación causal entre el daño producido al animal y la conducta que se dice causante del mismo.

SEGUNDO

El primer motivo del recurso denuncia error de hecho en la apreciación de la prueba, toda vez que de los hechos comprobados en autos se puede deducir la culpabilidad de los cazadores.

La conducta que se les imputa es haberse llevado la cuerda que cerraba la...

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