SAP Madrid, 10 de Noviembre de 2003

PonenteD. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDES
ECLIES:APM:2003:12353
Número de Recurso833/2001
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESD. JOAQUIN NAVARRO ESTEVANDª. ROSA MARIA BROBIA VARONA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935

N.I.G. 28000 1 7012057 /2001

Rollo: RECURSO DE APELACION 833 /2001

Autos: JUICIO EJECUTIVO 272 /2000

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INSTANCIA N. 2 de FUENLABRADA

De: DÑA.Juana y D.Blas

Procurador: DÑA.SALUD JIMENEZ MUÑOZ

Contra: UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, S.A. ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE

CREDITO

Procurador: D.CARLOS IBAÑEZ DE LA CARDINIERE FERNANDEZ

PONENTE: ILMO.SR.D.JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDES

SENTENCIA Nº

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAN

D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDES

DÑA. ROSA BROVIA VARONA

En MADRID, a diez de noviembre de dos mil tres.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 272/00, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Fuenlabrada, seguidos entre partes, de una, como demandados/apelantes DÑA.Juana y D.Blas, representados por la Procuradora Dña.Salud Jiménez Muñoz y defendido por Letrado, y de otra como demandante/apelado, UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, S.A., representado por el Procurador D.Carlos Ibañez de la Cadinieri y defendido por Letrado, seguidos por el trámite de reclamación de cantidad.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D.JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDES.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Fuenlabrada, en fecha 19 de julio de 2001, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que desestimando las causas de oposición invocadas por D.Blas y DÑA. Juana, representados en los presentes autos por el Procurador D.JUAN JOSE MARTINEZ CERVERA, contra el despacho de ejecución dictado contra ellos, a instancia de UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, S.A. ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITO, representada por el Procurador D.CARLOS IBAÑEZ DE LA CADINIERE, mando seguir adelante la ejecución despachada contra la parte demandada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, para con su importe hacer cumplido pago a la demandante en las cantidades de 11.794.462 ptas. de principal, más los intereses pactados desde la fecha de la certificación de saldo aportada, y costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 10 de septiembre de 2003, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 4 de noviembre de 2003.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada en la que no se agregan a lo que a continuación se expone.

PRIMERO

Frente a la resolución recaída, cuya parte dispositiva consta transcrita en los antecedentes de la presente,...

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