SAP Madrid 116/2007, 15 de Febrero de 2007
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2007:2726 |
Número de Recurso | 44/2007 |
Número de Resolución | 116/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00116/2007
Rollo: RECURSO DE APELACION 44 /2007
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 365 /2004
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 4 de MADRID
PONENTE:ILMO. SR. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
APELANTE: Marcelino
PROCURADOR: MARTA DOLORES MARTINEZ TRIPIANA
APELADO: Federico
PROCURADOR: ANTONIO RAMON RUEDA LOPEZ
En MADRID, a quince de febrero de dos mil siete
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante DON Marcelino representado por la procuradora Sra. Martínez Tripiana y de otra, como apelado demandado DON Federico representado por el procurador Sr. Rueda López, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Madrid, en fecha 26 de septiembre de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando integramente la demanda formulada por Marcelino contra Federico, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de las pretensiones formuladas por el actor, sin hacer expresa condena en costas".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 13 de febrero de 2007.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
La parte apelante en el escrito fundamentador de su recurso de apelación, inicia el mismo realizando una serie de precisiones sobre errores cometidos por el Juez en la sentencia de instancia, estos errores efectivamente se comprueba que son ciertos en cuanto que no está acreditado que la segunda intervención fuera realizada por el Doctor Pedro y no por el demandado, igualmente que la intervención no fue en el mes de Febrero fecha en la que se realizó el pago de la misma sino que...
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