Quousque tandem Catilina

AutorJoaquin Navarro y Carbonell
Páginas690-695

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Nuevamente tenemos que ocuparnos de disposiciones emanadas del Poder ejecutivo-legislativo, y no ciertamente para alabarlas, va que por nuestro triste sino desde hace tres años no se dicta una disposición que de cerca o de lejos se refiera a la institución del Registro de la propiedad, o al Cuerpo de funcionarios encargado de su desarrollo, en su doble aspecto de registradores-liquidadores, que no envuelva, o una herida para aquélla, o un agravio para éste.

El ciclo abierto con el Real decreto de 12 de Junio de 1922, aún no se ha cerrado, y al paso que llevan las cosás será de pensar, si nos conviene seguir prestando tunos servicios que en las condiciones que hoy nos rodean tan molestos y denigrantes son, o valdrá más abandonarlos y emanciparse de la tutela que el Estado ejerce sobre nosotros, y que sólo se manifiesta en su aspecto correctivo, sin que ni por casualidad deje vislumbrar el más remoto asomo de protección y de cariño hacia el tutelado, como si estas condiciones no fueran tan inherentes a la tutela como la correccional.

Abolida hace mucho tiempo la esclavitud en los países civilizados, los que nacimos siendo libres no podemos hacernos a la idea de convertirnos en siervos, aunque esta condición quiera disimularse con el percibo de una retribución cada día más discutida, y cada día más mermada por múltiples causas.

Cual pacientísimo cordero, el Cuerpo de registradores ha sufrido, sin la más ligera protesta, las vejatorias medidas contra él adoptadas por el ministerio de Gracia y Justicia (con muy poca de la primera y ninguna de la segunda) desde la nefasta fecha del 12 de Junio antes indicado. Y al desasosiego y malestar mudos que ellas le produjeran, se unió la amarga pena de ver que la DirecciónPage 691 general de los Registros, ese Centro que debía ser nuestra madre, si no por cariño, al menos por egoísmo, puesto que la razón de su existencia no es otra que la de la nuestra, no sólo no se oponía con la multitud de fundamentos legales y morales que para ello existen a la adopción de medidas contrarias a la justicia y a la equidad, sino que en ocasiones aparecía como inspiradora de ellas, y en otrás, como indiferente al menos, al desprestigio inferido a un Cuerpo que tan caro le debiera ser.

Y un día fue la limitación impuesta a la duración de una enfermedad (enmendando la plana a Dios, único dispensador de la salud humana) con la privación de unos honorarios (que por no sufragarlos el Estado no puede disponer de ellos), la medida salvadora que había de cunar los males de España; y otro día la sustitución en nuestras funciones de los jueces de primera instancia, con la consiguiente disminución de emolumentos para el registrador y luego la variación en el...

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