SAP Madrid 272/2007, 28 de Junio de 2007

PonentePEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ-PALACIOS
ECLIES:APM:2007:10598
Número de Recurso160/2007
Número de Resolución272/2007
Fecha de Resolución28 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACION Nº 160/2007

PROC. ORAL Nº 50/2003

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE GETAFE

S E N T E N C I A Nº 272/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D. JULIAN ABAD CRESPO

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En Madrid, a 28 de Junio de 2007.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Juan Manuel contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, de fecha 3 de Abril de 2006, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe dictó sentencia, de fecha 3 de Abril de 2006, cuyo relato fáctico es el siguiente: " Que sobre las 11,10 horas del dia 5 de junio del año 2.000, el acusado Juan Manuel, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, junto con otros cinco presos preventivos ingresados en el Centro Penitenciario de Madrid III (Valdemoro), fueron trasladados a la sede de los Juzgados de Instrucción de Valdemoro para la práctica de diversas diligencias judiciales, siendo ingresado todos ellos en una de las celdas situadas en la planta baja de dicho edificio.

Los referidos internos, sin poder concretar cual de ellos, pero puestos de común acuerdo, propinando fuertes patadas, consiguieron forzar el anclaje de sujeción del candado que cierra la puerta de la celda, y como quiera que para ello se produjeron fuertes ruidos que alertaron a los guardias civiles encargados de la conducción y custodia de los presos, bajando tres de los integrantes de dicho equipo a la zona del calabozo del edificio judicial.

Una vez en dicha zona pudieron observar como el acusado, Juan Manuel, se encontraba encaramado, intentando acceder a una compuerta existente en el pasillo del calabozo, fuera de las celdas del mismo, y que se encontraba situada en la parte superior de la pared, siendo ayudado para ello, por otro de los presos conducidos, y al observar la presencia de los guardias civiles, desistieron de su intención, y al acceder los guardias civiles al pasillo, conminaron a los presos a que se reintegraran a la celda lo que hicieron sin que opusieran resistencia alguna ni necesidad de empleo de la fuerza, inmediatamente después, el acusado Juan Manuel se encontraba en el suelo, manifestando que se encontraba indispuesto, por lo que, tras requerir la presencia de un facultativo médico, al no encontrarse el médico forense en la sede judicial, acudió una ambulancia, con un médico y fue trasladado a una clínica médica próxima, siendo diagnosticado de una lipotimia por bajada de glucosa."

Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno al acusado Juan Manuel, como autor de un delito de quebrantamiento de condena en grado de tentativa, del art. 469 del Código Penal anteriormente expuesto, así como de la falta de daños del art....

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