STSJ Comunidad de Madrid 848/2006, 20 de Abril de 2006

PonenteJUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ
ECLIES:TSJM:2006:16093
Número de Recurso768/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución848/2006
Fecha de Resolución20 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00848/2006

RECURSO Nº 768/2.001

SENTENCIA Nº 848

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

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Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan F López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

Dª Sandra González de Lara Mingo

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a veinte de Abril del año dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior

de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo número 768 de 2.001, interpuesto por la entidad «Telefónica Telecomunicaciones Públicas S.A.», representada por el Procurador Don Enrique Monterroso Rodríguez y asistido por el Letrado Don E. Arguelles, al que se ha acumulado el recurso contencioso-administrativo nº 174 de 2002, seguido a instancia de la entidad «Telefónica S.A.» representada por el Procurador Don Juan Antonio García San Miguel y Orueta y asistido por el Letrado Don E. Arguelles contra el Acuerdo dictado el 26 de Julio de 2.001 por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid que denegó en el expediente 711/1998/19863 la homologación de cabina Telefónica consistente en mueble soporte para un teléfono público de pago, compuesto por un techo que protege de las inclemencias del tiempo, una mesa de apoyo y dos vidrios laterales que lo aíslan acústicamente y cuya instalación se realiza sobre pared o columna, permitiendo en el segundo caso la colocación de dos teléfonos. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, el Procurador Don Enrique Monterroso Rodríguez en representación de la entidad «Telefónica Telecomunicaciones Públicas S.A.» formalizó demanda el día 22 de Mayo de 2003 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que con estimación del recurso contencioso-administrativo, se anulara y dejara sin efecto el Acuerdo dictado el 26 de Julio de 2.001 por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid solicitándose además para el pleno restablecimiento de la situación jurídica individualizada se procediera a homologar "el mueble soporte para un teléfono público de pago compuesto por un techo que protege de las inclemencias del tiempo, una mesa de apoyo y dos vidrios laterales que lo aíslan acústicamente, su instalación se realiza sobre pared o columna permitiendo en el segundo caso la colocación de dos teléfonos" (expediente 711/1998/19863) tal y como se había solicitado es decir con publicidad.

SEGUNDO

Por auto de 10 de Diciembre de 2.002 se acordó acumular el recurso contencioso-administrativo nº 174/2002 al 769 de 2001, y tras ello el Procurador Don Juan Antonio García San Miguel y Orueta en representación de la entidad «Telefónica S.A.»formalizó demanda el día 3 de Diciembre de 20043 en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia por la que con estimación del recurso contencioso-administrativo, se anulara y dejara sin efecto el Acuerdo dictado el 26 de Julio de 2.001 por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid solicitándose además para el pleno restablecimiento de la situación jurídica individualizada y se proceda a homologar "el mueble soporte para un teléfono público de pago compuesto por un techo que protege de las inclemencias del tiempo, una mesa de apoyo y dos vidrios laterales que lo aíslan acústicamente, su instalación se realiza sobre pared o columna permitiendo en el segundo caso la colocación de dos teléfonos" (expediente 711/1998/19863) tal y como se había solicitado es decir con publicidad.

TERCERO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador Don Luis Fernando Granados Bravo para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 6 de Abril de 2.004, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando que se desestimara el recurso y se declarara la conformidad a derecho de los acuerdos impugnados.

CUARTO

Que, no estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 20 de Abril de 2.006 a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don JUAN FRANCISCO LÓPEZ DE HONTANAR SÁNCHEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Procurador Don Enrique Monterroso Rodríguez en representación de la entidad «Telefónica Telecomunicaciones Públicas S.A.», y el Procurador Don Juan Antonio García San Miguel y Orueta en nombre y representación de la entidad «Telefónica S.A.» interpusieron recurso contencioso administrativo, contra el Acuerdo dictado el 26 de Julio de 2.001 por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid que denegó en el expediente 711/1998/19863 la homologación de cabina Telefónica consistente en mueble soporte para un teléfono público de pago, compuesto por un techo que protege de las inclemencias del tiempo, una mesa de apoyo y dos vidrios laterales que lo aíslan acústicamente y cuya instalación se realiza sobre pared o columna, permitiendo en el segundo caso la...

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