SAP Murcia 86/2007, 26 de Julio de 2007

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2007:1705
Número de Recurso403/2007
Número de Resolución86/2007
Fecha de Resolución26 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00086/2007

Rollo núm. 403/2007

Apelación J. Faltas.

SENTENCIA Nº 86/2007

En la Ciudad de Murcia a veintiséis de Julio de dos mil siete.

Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado don JUAN MARTÍNEZ PÉREZ al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el Rollo de Apelación núm. 403/2007 dimanante de los autos de Juicio de Faltas que se han seguido en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cieza con el núm. 270/2006 contra los intereses generales entre las partes: como denunciante Maribel y como denunciada María Angeles ; habiendo ejercitado el Ministerio Fiscal la acusación pública.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de juicio de faltas con el núm. 270/2006, el Juzgado de Instrucción nº 1 de Cieza dictó Sentencia con fecha 16 de Marzo de 2006 que establecía los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- Que en el día 9 de junio de 2006 Maribel paseaba por una urbanización de la Matanza Fortuna cuando de una de las casas salieron dos perros corriendo uno de ellos hacia ella, mordiéndole en el tercio inferior de la pierna izquierda, ocasionándole lesiones de las que tardó en curar sesenta días y todos ellos con incapacidad para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela dos cicatrices de 0,5 y 1 cm respectivamente, con marca hipercrónica subyacente bajo una de ellas, así como zona de induración, ocasionándole un perjuicio estético de grado ligero (1 PUNTO).

El perro era propiedad de María Angeles y no estaba asegurado en cía. alguna."

SEGUNDO

El Fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a María Angeles como autora responsable de una falta contra los intereses generales prevista y penada en el artículo 631 del Código Penal, la pena de VEINTE DÍAS de multa con una cuota diaria de TRES EUROS, lo que importa la suma de SESENTA EUROS (60 euros) y costas.

Igualmente, en concepto de responsabilidad civil abonará María Angeles a Maribel la cantidad de cuatro mil doscientos euros (4200€)."

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el Letrado Don Ángel Gil Sáez en nombre de Doña María Angeles, siéndole admitido en ambos efectos, presentando escrito de impugnación de dicho recurso la Letrada Doña Sara de Alba y Vega en nombre de Doña Maribel ; interesando el Ministerio Fiscal la confirmación de la resolución...

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