RESOLUCIÓN DE 5 DE JUNIO DE 1996, de la Secretaria general de asistencia sanitaria, sobre delegacion provisional de atribuciones en diversos organos del Instituto nacional de la Salud.
Marginal | BOE-A-1996-13158 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Resolución |
El Real Decreto 1140/1996, de 24 de mayo, por el que se reestructuran determinados organismos adscritos al Ministerio de Sanidad y Consumo, dispone en su artículo 6 que corresponde al Secretario general de Asistencia Sanitaria, como órgano de superior dirección y gestión del INSALUD, la totalidad de las competencias del mismo y, en particular, las de planificación, dirección y evaluación de dicho Instituto, suprimiendo el cargo de Director general del INSALUD en su disposición adicional tercera. Hasta tanto se lleve a efecto la reestructuración definitiva del INSALUD prevista en las disposiciones transitorias segunda y tercera del referido Real Decreto, razones de eficacia y agilidad administrativa aconsejan arbitrar un mecanismo transitorio que atribuya, desde la Secretaría General de Asistencia Sanitaria, las competencias de gestión en los órganos centrales y periféricos, que se determinan en la presente Resolución.
Con dicha finalidad, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero.-Delegar en el Director general de Presupuestos e Inversiones:
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La celebración de conciertos y sus modificaciones, cuando su cuantía no exceda de 150.000.000 de pesetas.
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La autorización de los documentos de gestión presupuestaria y contable que se expidan para el desarrollo y ejecución del presupuesto del Instituto Nacional de la Salud.
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La tramitación y autorización de las modificaciones presupuestarias cuya competencia corresponda a la Secretaría General de Asistencia Sanitaria.
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La autorización y ordenación del pago de todos los gastos que se satisfagan a través del Fondo de Maniobra con cargo a los créditos del presupuesto de los servicios centrales del Instituto Nacional de la Salud, así como la aprobación de las cuentas correspondientes al mismo.
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La gestión, autorización y tramitación de los ingresos derivados de la actividad de los servicios centrales del Instituto.
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La aprobación técnica de los proyectos de obras e instalaciones.
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La celebración de los contratos regulados en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, cuando no exceda su cuantía de 150.000.000 de pesetas, así como la tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra los actos previos y definitivos derivados de las contrataciones, de su adjudicación, efectos y extinción.
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La tramitación y aprobación, en su caso, de las certificaciones, pagos parciales y totales y de las liquidaciones en los contratos de obras, suministros, servicios, asistencia y consultoría y trabajos específicos y concretos, así como la designación del facultativo representante de la Administración para la asistencia a las recepciones.
Segundo.-En el Director general de Recursos Humanos:
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Respecto al personal de instituciones sanitarias:
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La convocatoria pública y resolución de los procedimientos selectivos de ingreso, promoción y traslado.
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Las relativas al régimen disciplinario, incluyendo la resolución de los correspondientes expedientes.
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La autorización para pasar a prestar servicios en adscripción temporal a centros e instituciones correspondientes a Direcciones Provinciales u otras Administraciones, distintas de aquélla a la que esté adscrito el...
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