Protocolo entre el Reino de España y la República de Albania relativo a la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Albania sobre la readmisión de residentes ilegales, hecho en Tirana el 5 de abril de 2018.
Marginal | BOE-A-2020-3636 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación |
PROTOCOLO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE ALBANIA RELATIVO A LA APLICACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y LA REPÚBLICA DE ALBANIA SOBRE LA READMISIÓN DE RESIDENTES ILEGALES (PROTOCOLO DE APLICACIÓN)
La Partes en el Protocolo de Aplicación,
El Reino de España y la República de Albania, en lo sucesivo denominados «Partes Contratantes»,
De conformidad con el artículo 19 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Albania sobre la readmisión de residentes ilegales (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), firmado en Bruselas el 14 de abril de 2005,
Han convenido en lo siguiente:
-
En virtud de lo dispuesto en los artículos 1 y 19 del Acuerdo, las Partes Contratantes designan a las siguientes autoridades competentes para la aplicación del mismo.
– Recepción, presentación y tramitación de solicitudes de readmisión, tránsito y sus costes:
Para la República de Albania:
Ministerio del Interior
Dirección Nacional de la Policía
Dirección General de Fronteras y Migración
Dirección de Migración
Tel./Fax: 00355 4 22 26 932
Correo electrónico: readmission@asp.gov.al
Para el Reino de España:
Ministerio del Interior
Dirección General de la Policía
Comisaría General de Extranjería y Fronteras
General Pardiñas, 90 dpdo. 28006 Madrid
Solicitudes de readmisión (horario de oficina): de lunes a viernes, de 08:00 a 21:00 horas.
Tel.: +34 913226926 / +34 913226928
Correo electrónico: cgef.ucfstc@policia.es
Solicitudes de tránsito (horario de oficina): de lunes a viernes, de 08:00 a 21:00 horas.
Tel.: +34 913226929
Correo electrónico: cged.0013@policia.es
Fuera de horario de oficina (solicitudes de readmisión y tránsito):
Tel.: +34 913226839/40/41
Correo electrónico: cged.0039@policia.es
Fax: +34 913226842/44
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A los efectos del artículo 8.3 del Acuerdo, las misiones diplomáticas u oficinas consulares competentes para entrevistarse con las personas que deban ser readmitidas y para expedir los documentos de viaje serán:
Para la República de Albania:
Embajada de la República de Albania en Madrid
C/ Lagasca, 68 – 1B
28001 Мadrid
Reino de España
Tel.: +34 91 562 6985
Fax: +34 91 561 3775
Para el Reino de España:
Consulado de España en Tirana
Rruga Skenderbej, n.º43
1000, Tirana
República de Albania
Tel.: +355 4 22 74 960, +355 4 2274 961
Fax: +355 4 22 25 383
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Las Partes Contratantes se informarán mutuamente sin demora, por vía diplomática y/o directamente, de cualquier cambio en la lista de autoridades competentes.
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Las autoridades competentes de las Partes Contratantes transmitirán las solicitudes, respuestas y notificaciones previstas en el Acuerdo y en el presente Protocolo de Aplicación por escrito usando medios técnicos de comunicación, principalmente el correo electrónico.
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Los traslados y tránsitos de personas a tenor del presente Protocolo de Aplicación se llevarán a cabo en los siguientes puntos de paso fronterizo:
a) Para la República de Albania:
Dirección Regional de Fronteras y Migración, Tirana
Comisaría de Fronteras y Migración. Rinas
Aeropuerto internacional «Madre Teresa»
Correo electrónico: PKK.AeroportiRinas@ASP.gov.al; DRKM.Tiranë@ASP.gov.al
Tel./fax: 00355 4 23 64 028
b) Para el Reino de España:
Aeropuerto Internacional de Madrid-Barajas Adolfo Suárez;
Aeropuerto Internacional de Barcelona-El Prat; y
todos los demás aeropuertos internacionales en territorio español.
Las autoridades competentes de las Partes Contratantes emplearán el inglés en los procedimientos que se tramiten al amparo del Acuerdo y del Protocolo de Aplicación.
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De conformidad con artículo 7.3 del Acuerdo, la autoridad competente de la Parte requirente utilizará el formulario común de solicitud...
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