La protección por desempleo y cese de actividad de las socias y socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado frente a la suspensión o extinción por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o fuerza mayor

AutorJuan Luis García Ríos
CargoDoctor en Derecho. Profesor Asociado Derecho del Trabajo y Seguridad Social UCLM
Páginas71-91
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1. INTRODUCCIÓN
El presente estudio tiene por objeto analizar los mecanismos jurídicos necesa-
rios que deben seguir tantos las cooperativas de trabajo asociado como las socias
y socios trabajadores para tener derecho a la prestación por desempleo o cese de
actividad como consecuencia de la extinción, suspensión o reducción en la pres-
tación de trabajo ya sea definitivo o temporal, por causas económicas, técnicas,
organizativas, producción o fuerza mayor.
No nos encontramos ante situaciones nuevas o protección social nueva propor-
cionada a las personas que se integran en una cooperativa de trabajo asociado
como socios y socias trabajadoras, pero no es menos cierto que se han venido
produciendo cambios normativos, especialmente en el caso del denominado
cese de actividad y que también se han visto afectadas por la evolución norma-
tiva bajo la situación de la pandemia.
Las situaciones de baja involuntaria y justificada o suspensión, incluso reduc-
ción de jornada que requieren de una protección del sistema de Seguridad
Social, no han sido una vía utilizada de manera frecuente por las cooperativas
de trabajo asociado, sin embargo, con la pandemia, las cooperativas de trabajo
asociado se han visto afectadas –posiblemente más que otro tipo de cooperati-
vas– teniendo que acudir al sistema de protección social previsto en su especí-
fico marco jurídico.
Por ello se hace necesario a nuestro juicio un análisis de la protección debida
a las personas socias de estas cooperativas de trabajo asociado por el Sistema
de Seguridad Social. El estudio que abordamos tiene una orientación eminen-
1. Introducción. 2. Las cooperativas de trabajo asociado y la siempre cuestionada naturaleza jurídica de la
relación de los socios trabajadores con las cooperativas de trabajo asociado. 3. El cese en el trabajo por causas
económicas, técnicas organizativas, producción o fuerza mayor. 3.1. La resolución de la autoridad laboral como
requisito previo en el acceso a las prestaciones de los socios trabajadores. 4. El derecho de opción de la coope-
rativa de trabajo asociado: RGSS/RETA. 5. La protección ante el cese definitivo o temporal: desempleo o cese de
actividad. 5.1. Sistema especifico de protección por desempleo de los socios trabajadores de las cooperativas de
trabajo asociado. 5.1.1. Procedimiento ante la Autoridad Laboral. 5.2 Sistema especifico de protección por cese
de actividad de los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado. 5.2.1. Cese por causas económi-
cas, técnicas, organizativas y de producción. 5.2.2. Cese por causa de fuerza mayor.
Juan Luis García Ríos
Doctor en Derecho. Profesor Asociado Derecho del Trabajo y Seguridad Social UCLM.
ESTUDIO
LA PROTECCIÓN POR DESEMPLEO Y CESE DE ACTIVIDAD DE
LAS SOCIAS Y SOCIOS TRABAJADORES DE LAS COOPERATIVAS
DE TRABAJO ASOCIADO FRENTE A LA SUSPENSIÓN
O EXTINCIÓN POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS,
ORGANIZATIVAS, DE PRODUCCIÓN O FUERZA MAYOR
ESTUDIO__La protección por desempleo y cese de actividad de las socias y socios trabajadores de las cooperativas de trabajo ...
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temente práctica, que nos permite analizar diversos supuestos que se pueden
dar en el propio devenir de la actividad de la cooperativa y que pueden generar
dudas a los operadores jurídicos, sin olvidar, a las propias socias y socios de las
cooperativas de trabajo asociado, que trabajan en el mundo del cooperativismo.
Nuestro análisis no persigue una retrospectiva del derecho positivo, no es nues-
tra idea transitar los marcos normativos que ha sufrido la materia, sin perjuicio
de las necesarias referencia a dichos cambios, y ello por cómo hemos puesto de
manifiesto, pretendemos que el presente trabajo suponga una pequeña reflexión
que aporte luz sobre ciertos aspectos jurídicos de calado y unidos al necesario
proceso de protección ante los supuestos de cese en el trabajo –definitivo o tem-
poral– de las socias y socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado
en un futuro inmediato en cuanto a la recuperación económica, y que sin duda
puede conllevar a los necesarios procesos de reorganización en las cooperati-
vas, implicando la necesidad –no deseable– de amortizar puesto de trabajo que
tendrá alcance en las personas socias trabajadoras ya fuera de un escenario de
pandemia y de sus medidas de protección transitorias.
2. LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO Y LA SIEMPRE
CUESTIONADA NATURALEZA JURÍDICA DE LA RELACIÓN DE LOS SOCIOS
TRABAJADORES CON LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Las cooperativas como organización de personas voluntariamente asociadas y
que persiguen satisfacer las necesidades y aspiraciones económicas y sociales de
sus socias y socios, así como de la sociedad en la que se integran, presentan una
tipología diversa y relacionada fundamentalmente con los fines u objetivos esta-
blecidos para cada una de ellas. Entre esta tipología tenemos las cooperativas de
trabajo asociado que tiene una finalidad y objetivo último, que es proporcionar a
las personas que se integran en la misma un puesto de trabajo, desde la posición
del socio ordinario.
Este objetivo hace que las personas socias trabajadoras de las cooperativas de
trabajo asociado que prestan trabajo personal y directo tengan una relación con
la cooperativa dotada de unas características diferenciadoras de la mayoría del
resto de tipología de cooperativas.
La naturaleza jurídica de los socios y socias trabajadoras integradas en las coo-
perativas de trabajo asociado ha sido objeto y es todavía objeto de discusiones
y críticas, sobre todo en el ámbito doctrinal en lo relativo a si nos encontramos
ante una configuración jurídica societaria o por el contrario laboral. Por el con-
trario, esta cuestión resulta pacífica desde el ámbito legislativo y jurisprudencial
al considerar que esta relación tiene naturaleza societaria.
A este respecto cabe traer a colación el propio artículo 80.1 de la Ley 27/1999, de
16 de julio, de Cooperativas (en adelante LEC), en el que con claridad señala que

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