La protección de datos personales como límite del derecho de acceso a la información pública
Autor | Manuel Estepa Montero |
Cargo del Autor | Coordinador |
Páginas | 11-53 |
LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES COMO LÍMITE
DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Manuel Estepa Montero
Universidad Complutense de Madrid
ORCID ID: 0000-0002-2551-7052
vinculado al funcionamiento de los derechos fundamentales; 2. El derecho fundamental
información pública; 4. La formulación de criterios conjuntos de actuación del Consejo de
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de datos personales en relación con las peticiones de acceso a la información pública; 6.
vinculado al funcionamiento de los derechos fundamentales
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recho avanzados impone la presencia activa de los ciudadanos en las insti-
tuciones públicas; pero para que esa participación de los particulares en las
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solo mediante una posibilidad cierta del ciudadano de poder acceder en cada
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dadano tomar decisiones acertadas sobre los asuntos trascendentales para el
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MANUEL ESTEPA MONTERO
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conciencia de que nos encontramos ante una serie de datos y documentos
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han desenvuelto. Un derecho que trasciende la mera posibilidad de acceder
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ido cobrando fuerza la idea de que el concepto de información pública ha de
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en la medida en que ejercen funciones públicas.
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públicos constituye una condición previa y necesaria para que dicho ejercicio
apartamiento del conjunto de los electores de la esfera común de intereses.
desconianza en las
instituciones -
CUESTIONES CRÍTICAS DEL ORDEN JURÍDICO LIBERAL
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posible en las tareas públicas.
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acceso de los particulares a la información pública. La primera normativa
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cia de conocimiento real sobre la actividad de las instituciones públicas vino
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con todos los particulares.
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