SAP Córdoba 274/2004, 17 de Diciembre de 2004
Ponente | FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO |
ECLI | ES:APCO:2004:1661 |
Número de Recurso | 323/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 274/2004 |
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 274/04
AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA
SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
PRESIDENTE ILMO. SR.
ILTMO. SR. D.FRANCISCO ANGULO MARTIN
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
ILTMO. SR.D.FELIPE L. MORENO GÓMEZ
ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE CORDOBA.
AUTOS DE JUICIO VERBAL Nº 1049/2003
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 323/2004
En la Ciudad de CORDOBA a diecisiete de diciembre de dos mil cuatro.
Visto, por la SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Juicio Verbal Nº 1049/03 seguido en el Juzgado referenciado . Interpone el recurso DIRECCION000 que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el/la Procurador/a D./Dña. ROLDAN DE LA HABA RAMON y defendido por el/la Letrado/a D./Dña. MORENO ZAMORA, FRANCISCO. Es parte recurrida Jesús Luis Y Lorenza que está representado por el/la Procurador/a D./Dña. Mª JULIA LOPEZ ARIAS y defendido por el/la Letrado/a D./Dña. MARÍA DEL CARMEN CABRERA TORDERA, que en la instancia ha litigado como parte demandada .
Siendo ponente del recurso el Magistrado ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 06/02/04 , cuya parte dispositiva es como sigue:
" Estimo en parte la demanda deducida a instancias de la DIRECCION000 contra Don Jesús Luis y Doña Lorenza , y, en consecuencia, condeno a los demandados, solidariamente, a abonar a la actora la cantidad de 13,06 euros, en concepto de gastos de requerimiento; y ello, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Interpuesto recurso de apelación se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde se ha formado rollo y turnado de ponencia, habiendo comparecido las partes dentro de plazo y pasados los autos al Magistrado Ponente para resolución.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida en lo que no se opongan a los de esta resolución.
Mediante el primer motivo del recurso impugna el fundamento jurídico primero de la sentencia combatida la DIRECCION000 " de Córdoba, al entender que el juzgador de instancia ha incurrido en un error al estimar saldado el principal de la deuda por cuotas extraordinarias reclamadas a los propietarios Jesús Luis y Lorenza , al no haber incluido la cantidad de 0.66 céntimos de euro.
Pues bien, este motivo del recurso ha de encontrar la favorable acogida de la Sala, procediendo añadir al importe de la reclamación por los demás conceptos la cantidad expresada, aún cuando dicho motivo debiera haberse canalizado a través de una solicitud de aclaración de sentencia.
Mediante el segundo de los motivos se denuncia una incongruencia del fundamento jurídico segundo de la sentencia impugnada, con infracción de los artículos 13.3, 20 y 21, apartado 3º de la LPH y de los artículos 1168 y 1255 del Código Civil al no estimar la partida de 29 euros correspondiente a los gastos de administración por certificación de la deuda.
Este motivo del recurso deber igualmente...
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