SAP Barcelona 267/2006, 26 de Mayo de 2006
Ponente | MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO |
ECLI | ES:APB:2006:9450 |
Número de Recurso | 191/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 267/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMONOVENA
ROLLO Nº 191/2006-AA
JUICIO VERBAL Nº 580/2005
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 267/2006
Ilmos. Sres.
D. MIGUEL JULIÁN COLLADO NUÑO
Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ
Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY
En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de Mayo de dos mil seis.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 580/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Barcelona, a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA FINCA SITA EN LA C/ DIRECCION000 Nº NUM000
- NUM001 DE BARCELONA, contra TUDUERIK, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y la impugnación de la demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de Noviembre de 2.005, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar la demandada postulada por la representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA FINCA SITA EN LA CALLE DIRECCION000 NUMERO NUM000 - NUM001 y absuelvo de sus pretensiones a la mercantil TUDUERIK SL, con expresa imposición de costas.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso al mismo y también impugnó la sentencia; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 17 de Mayo de 2.006.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL JULIÁN COLLADO NUÑO.
La sentencia dictada el 23 de noviembre de 2005 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Barcelona en el curso de los autos de juicio verbal nº 580/2005 desestimaba la demanda formulada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 - NUM001 de Barcelona frente a TUDUERIK S.L., absolviendo a este de la pretensión formulada de contrario; entiende el Juzgador de instancia que habiéndose aportado por el demandado diversa documentación en sustento de su derecho sobre el uso de parte de la azotea del edificio ocupado por la Comunidad previo a la constitución de esta y la especial naturaleza del procedimiento empleado, se ha de reservar para el juicio declarativo correspondiente la discusión sobre el alcance y contenido de los derechos de las partes. Frente a esta resolución se alza la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 - NUM001 de Barcelona interesando la revocación de la misma en cuanto considera que no existiendo titulo inscrito a favor del demandado sobre el uso de la parte de la azotea del inmueble y manteniendo este su ocupación unilateral sin que se haya efectuado examen de la documentación aportada por el demandado, reconociendo como en su caso la justificación que incorpora tan solo alcanzaría a parte de la azotea, finalmente solicita que no le sean impuestas las costas de la instancia. La contraria, TUDUERIK S.L., por su parte interesa, de un lado, la confirmación de la resolución de instancia mas impugna la misma al entender que debería haberse reconocido la inadecuación del procedimiento y la falta de legitimación activa de la contraria esgrimidos en su momento.
De este modo debemos definir la cuestión planteada en esta alzada, considerando como la resolución combatida lo es en el seno de un juicio verbal...
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