SAP Madrid 336/2006, 7 de Septiembre de 2006
Ponente | ARACELI PERDICES LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2006:11119 |
Número de Recurso | 211/2006 |
Número de Resolución | 336/2006 |
Fecha de Resolución | 7 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª |
FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE MARIA CRUZ ALVARO LOPEZ ARACELI PERDICES LOPEZ
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00336/2006
Rollo número 211/2006
Procedimiento Abreviado número 86/2006
Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
MAGISTRADOS
Ilmos Señores:
Don Francisco Javier Vieira Morante
(Presidente)
Doña Mª Cruz Alvaro López
Doña Araceli Perdices López
S E N T E N C I A Nº 336
En Madrid, a siete de septiembre de 2006
La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, integrada por los Magistrados mas arriba indicados, ha visto los presentes autos seguidos con el número 211/2006 de rollo de Sala, correspondientes al procedimiento abreviado número 86/2006 del Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid, por un presunto delito contra la propiedad intelectual, en el que ha sido parte como apelante D. Carlos, y como apelado el Ministerio Fiscal, actuando como ponente la Ilma. Sra. Dª Araceli Perdices López, que expresa el parecer del Tribunal.
Por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del indicado Juzgado de lo Penal se dictó sentencia el día 28 de abril de 2006, con el siguiente fallo:
"Que debo condenar y condeno a Carlos, como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión de seis meses, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de doce meses con una cuota diaria de 2 euros y responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 del C.P. en caso de impago, a que indemnice a AGEDI y a EGEDA en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, conforme la base establecida en el último fundamento de esta resolución, ello con imposición de costas".
Notificada la sentencia, interpuso contra ella recurso de apelación la representación procesal de D. Carlos, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo por diez días al Ministerio Fiscal que lo impugnó expresamente, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sala, sin que se haya considerado necesaria la celebración de vista.
Se sustituyen los de la resolución recurrida, por los siguientes:
"Sobre las 17:30 horas del 31 de mayo de 2005, Carlos, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue sorprendido por agentes de la policía nacional cuando se encontraba en las inmediaciones de la calle Atocha de Madrid, portando una mochila con 261 CD y 59 DVD, que se disponía a vender y cuyo contenido no consta acreditado, ignorándose si eran copias de obras artísticas de ajena pertenencia."
Sostiene el apelante que se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia al no haber actividad probatoria de cargo demostrativa de la comisión del delito contra la propiedad intelectual por el que se ha condenado toda vez que se desconoce cuales son las compañías discográficas afectadas por lo que no se puede saber si están afiliadas o no a la entidad de gestión a favor de la que se concede la indemnización y existe un vacío probatorio sobre el contenido concreto de cada CD y DVD, ya que de todos los intervenidos solo se analizaron dos de cada grupo, comprobándose que tenían respectivamente sonido, y sonido e imagen, pero no de que tipo concreto.
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SAP León 12/2008, 14 de Mayo de 2008
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