STSJ Comunidad de Madrid 692/2006, 4 de Mayo de 2006
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
ECLI | ES:TSJM:2006:5522 |
Número de Recurso | 720/2003 |
Número de Resolución | 692/2006 |
Fecha de Resolución | 4 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTAJOSE FELIX MARTIN CORREDERA
Recurso nº 720/03
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1
MADRID
SENTENCIA: 00692/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO nº 720/03
SENTENCIA Nº 692
PRESIDENTE:
D. Alfredo Roldán Herrero
MAGISTRADOS:
Dª. Clara Martínez de Careaga y García
Dª. Francisca Rosas Carrión
Dª. Mª Jesús Vegas Torres
D. Francisco Javier Sancho Cuesta
D. José Félix Martín Corredera
En Madrid, a cuatro de mayo de dos mil seis.
Vistos los autos del recurso número 720/03 que ante esta Sala ha promovido el Procurador Sr. Deleito García, en nombre y representación de Granaoliva, S.L., sobre propiedad industrial. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado y como demandada Asigran, S.L.. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 16-5-03 acordándose su admisión en fecha 6-6-03 con todo lo demás procedente en derecho.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 30-9-03, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 13-11-03 en el cual suplicó la desestimación del recurso. La demandada contestó en fecha 22-12-03 suplicando la desestimación de la demanda.
Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 8-1-04 , se propuso por las partes la documental y testifical admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.
Dado traslado a las partes para conclusiones formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 27-4-06 en que tuvo lugar.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 22-4-99, confirmada en fecha 30-1-03, que accedió al registro de un Modelo Industrial nº 141353, Limpiadora de Aceitunas, pedido por la demandada Asigran S.L.
Presentada la solicitud, se formalizó oposición por la aquí recurrente Granaoliva, S.L. alegando falta de novedad en el modelo presentado al efecto un folleto publicitario del mismo. La OEPM recabó informe de sus servicios técnicos quienes certificaron la absoluta identidad de modelos. No obstante ello, se admitió el registro por no estimarse acreditada la publicidad anterior a la solicitud de registro.
Este es el fondo del debate en estos autos y no las vicisitudes extra-administrativas al parecer en curso en otras instancias judiciales. La parte demandante manifiesta haber planteado querella...
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