SAP Albacete 19/2008, 25 de Enero de 2008
Ponente | JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACION |
ECLI | ES:APAB:2008:34 |
Número de Recurso | 27/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 19/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00019/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION 2ª
ALBACETE
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000027 /2007
Autos num. 200 de 2006
JUZGADO 1ª. INSTANCIA NUM. 1 DE ALMANSA
SENTENCIA NUM. 19/2008
Iltmos. Sres. Magistrados:
Presidente:
D. ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA
Magistrados:
D. JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACIÓN
Dª. Mª DEL CARMEN GONZALEZ CARRASCO
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En ALBACETE, a veinticinco de Enero de dos mil ocho.
VISTOS, ante esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la parte demandante, los autos de Juicio Verbal, seguidos en el Juzgado Mixto num. 1 de Almansa, a instancia de Carlos, que actúa en su propio nombre y representación, contra María Esther, representado por el/la Procurador/a D/DÑA. ANA J. GÓMEZ IBÁÑEZ y dirigido por Letrado.
ACEPTANDO, los antecedentes de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice así: Estimar parcialmente la demanda presentada por D. Carlos y, en su virtud, condeno a Doña María Esther a que abone a la Comunidad de Propietarios del Inmueble sito en las calles DIRECCION000 num. NUM000 - AVENIDA000 num. NUM001 de Caudete la suma total de 138 Euros. No se hace pronunciamiento en cuanto a las costas procesales devengadas durante la tramitación de este procedimiento.-
La relacionada Sentencia de 13 de Noviembre de 2006, se recurrió en apelación por la parte demandante, siendo impugnada por la demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló el día y hora para la votación y fallo de la apelación.-
Que en la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias se han observado las prescripciones legales.-
VISTO, siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL SANCHEZ PURIFICACIÓN.-
, y
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- La Sentencia referida fue impugnada por la Comunidad de Propietarios demandante, que en reclamación de los gastos comunitarios que incumben a todo copropietario en función de su cuota (art 9 "e" de la Ley de Propiedad Horizontal ) reclamó a la demandada, Sra María Esther, las correspondientes a noviembre de 2005 a septiembre de 2006, siendo condenada judicialmente solamente a las mensualidades ulteriores al 31.07.2006, pues entendió dicha Sentencia que hasta dicha fecha, en que se otorgó Escritura Pública de transmisión como consecuencia de una permuta, no hubo entrega o "traditio" traslativo de dominio, por lo que no fue propietaria hasta entonces, ni por ello estaba legitimada pasivamente para el pago reclamado anterior a dicho momento.
Entiende, por el contrario, la Comunidad apelante que antes de dicha fecha ya era propietaria y por tanto debe abonar las cuotas, al haber ocupado las plazas de garaje transmitidas y cuyos gastos comunitarios reclama, ya que se le reclamó o requirió hasta en cuatro ocasiones para la entrega, negándose la Sra. María Esther indebidamente o "por su actitud renuente que retrasó la entrega", e incluso asistió a una Junta de Propietarios en fecha 16.10.2005 (a través de su hermano como apoderado) de lo que se infiere que actuó como propietaria ya entonces, amén de constar catastradas las plazas de garaje a su nombre.
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- Tal como ambas partes parecen coincidir, el contrato de permuta es un contrato principal, consensual, bilateral, oneroso y traslativo del dominio, pero dicho efecto real se produce por la "traditio" o entrega con arreglo a los arts. 609 y 1095 del Código Civil que recogen en nuestro...
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