SAP Barcelona 241/2008, 29 de Abril de 2008

PonenteJOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
ECLIES:APB:2008:3524
Número de Recurso524/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución241/2008
Fecha de Resolución29 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOSEXTA

ROLLO Nº 524/2007-C

JUICIO ORDINARIO Nº 395/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 32 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 241/2008

Ilmos. Sres.

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

Dª INMACULADA ZAPATA CAMACHO

D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de abril de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 395/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona, a instancia de D. Jesús representado por el procurador D. Ernest Huguet Fornaguera, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 NUM000 - NUM001 DE BARCELONA representada por la procuradora Dª. Gloria Ferrer Massanas; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 7 de Marzo de 2007, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Amb estimació de la demanda del procurador Ernest Huguet Fornaguera, en representació Don. Jesús,/ 1) CONDEMNO la comunitat de propietaris de l'immoble del núm. NUM000 - NUM001 del carrer de DIRECCION000, de Barcelona, a pagar al demandant 12.350'28 Euros (dotze mil, trescents cinquanta euros, amb vint-i-vuit cèntims),/ 2) amb els interessos de demora que s'hagin prodüit des de la interposició de la demanda,/ 3) i les costes processals.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante su escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 03 de abril de 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la reclamación de 12.350,28 euros, importe pendiente de pago de unas obras realizadas por el demandante para la comunidad de propietarios demandada, ésta opuso en el procedimiento monitorio que no se adeudaba la cantidad, según la documentación librada por el anterior administrador de la comunidad, de modo que, en tanto dicho anterior administrador no aclarase la demandada, no podía proceder al pago.

Como puede verse, no se negó la deuda en el momento de la oposición ni ya en el proceso declarativo, en el que la comunidad no contestó a la demanda. Como la demandada no probó el pago, lógicamente el Juzgado estimó íntegramente la demanda, frente a cuya decisión recurre la...

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