SAP Barcelona 434/2006, 10 de Julio de 2006

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2006:7928
Número de Recurso568/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución434/2006
Fecha de Resolución10 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOPRIMERA

ROLLO Nº 568-2005

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 195-2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GRANOLLERS

S E N T E N C I A N ú m.434

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOSEP BACH ESTANY

D./Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLAN

D./Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a diez de julio de dos mil seis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 195-2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Granollers, a instancia de D/Dª. Cosme, Dª Clara y D. Ignacio, contra D. Pablo, Dª Margarita, D. Carlos José, D. Juan Alberto, Dª María Consuelo, D. Evaristo, Dª Irene, D. Lucio, Dª Silvia, D. Jose Francisco, Dª Carolina, D. Juan Pedro, Bellulla 97 S.L., D. Benjamín, Dª Maribel, D. Guillermo, D. Oscar, Dª Alejandra, D. Carlos Francisco, Dª Filomena, D. Agustín, D Rosa, D. Enrique, Dª Begoña, D. Lucas, Dª Lidia, D. Jose Ignacio, Dª María Angeles, D. Juan Miguel, Dª Elvira, Dª Natalia, D. Eduardo, Granollers Inmobles S.L., Invergra S.L. (actualmente Granollers Inmobles S.L.),

D. Julián, Dª Beatriz, D. Jose Ángel, Dª Magdalena, D. Pedro Francisco, Dª María Inmaculada,

D. Emilio, Mobles Farres S.L., D. Lázaro, Dª Julieta, D. Jose Augusto, Dª María Cristina, D. Pedro Miguel, Dª Estela, D. Diego, Dª Teresa, Escriva Informatica S.L., Dª Daniela, D. Rodolfo, Dª Raquel

, Dª Blanca, D. Jesus Miguel, D. Braulio, Dª Mariana, D. Jon, Dª Cecilia, D. Jose Miguel, D. Ángel Jesús, Personas que ostenten o pudieren ostentar algun derecho sobre las fincas y Bansander Leasing EFC S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Pablo

, Dª Margarita, D. Carlos José, D. Juan Alberto, Dª María Consuelo, D. Evaristo, Dª Irene, D. Lucio, Dª Silvia, D. Jose Francisco, Dª Carolina, D. Juan Pedro, Bellulla 97 S.L., D. Benjamín, Dª Maribel, D. Guillermo, D. Oscar, Dª Alejandra, D. Carlos Francisco, Dª Filomena, D. Agustín

, D Rosa, D. Enrique, Dª Begoña, D. Lucas, Dª Lidia, D. Jose Ignacio, Dª María Angeles, D. Juan Miguel, Dª Elvira, Dª Natalia, D. Eduardo, Granollers Inmobles S.L., Invergra S.L. (actualmente Granollers Inmobles S.L.), D. Julián, Dª Beatriz, D. Jose Ángel, Dª Magdalena, D. Pedro Francisco

, Dª María Inmaculada, D. Emilio, Mobles Farres S.L., D. Lázaro, Dª Julieta, D. Jose Augusto, Dª María Cristina, D. Pedro Miguel, Dª Estela, D. Diego, Dª Teresa, Escriva Informatica S.L., Dª Daniela

, D. Rodolfo, contra la Sentencia y su Auto aclaratorio dictados en los mismos el día 27 de enero de 2005 y el 31 demarzo de 2005, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Sr. D. Ramoon Davi Navarro actuando en nombre y representción de D. Cosme, Dª Clara y D. Ignacio, contra D. Pablo, Dª Margarita, D. Carlos José, D. Juan Alberto, Dª María Consuelo, D. Evaristo, Dª Irene, D. Lucio, Dª Silvia, D. Jose Francisco, Dª Carolina, D. Juan Pedro, Bellulla 97 S.L., D. Benjamín, Dª Maribel, D. Guillermo, D. Oscar, Dª Alejandra, D. Carlos Francisco, Dª Filomena, D. Agustín, D Rosa, D. Enrique, Dª Begoña, D. Lucas, Dª Lidia, D. Jose Ignacio, Dª María Angeles, D. Juan Miguel, Dª Elvira, Dª Natalia, D. Eduardo, Granollers Inmobles S.L., Invergra S.L. (actualmente Granollers Inmobles S.L.), D. Julián, Dª Beatriz, D. Jose Ángel, Dª Magdalena, D. Pedro Francisco, Dª María Inmaculada, D. Emilio

, Mobles Farres S.L., D. Lázaro, Dª Julieta, D. Jose Augusto, Dª María Cristina, D. Pedro Miguel, Dª Estela, D. Diego, Dª Teresa, Escriva Informatica S.L., Dª Daniela, D. Rodolfo, Dª Raquel, Dª Blanca,

D. Jesus Miguel, D. Braulio, Dª Mariana, D. Jon, Dª Cecilia, D. Jose Miguel, D. Ángel Jesús, Personas que ostenten o pudieren ostentar algun derecho sobre las fincas y la entidad mercantil Bansander Leasing EFC

S.A, declarada en rebeldia procesal, debo declarar y declaro que los coeficientes y/o cuotas de participación de los departamentos número 44, 51, 53 y 54 titularidad de los actores, que forman parte de la finca sita en la localidad de Granollers, cono frente a la calle Joan Prim, donde le corrsponden los números 26, 28, 30 y 32 y con otro frente a la calle Tarafa, donde la corresponden los números 21, 23 y 25 resultante de la escritura de Declaración de Obra Nueva en Construcción y Constitución de Regimen de Division Horizontal de fecha 3 de marzo de 1998, no están efectuados siguiendo los parámetros establecidos en el articulo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal, y por ello debo acordar y acuerdo su modificación conforme a tales parámetros a los que se hace referencia en el fundamento de derecho tercero de esta resolución. En consecuencia debo condenar y condeno a los demandados a otorgar escritura pública en la cual se establezcan los nuevos coeficientes y/o cuotas de participación de todos los departamentos de la finca de autos según lo acordado en esta resolución en el plazo de tres meses, y si no lo efectuara se llevará a cabo por este juzgado en sustitución. No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.".

El auto aclaratorio de la anterior sentencia es del tenor literal siguiente: "Se rectifica la sentencia de fecha 27-1-2005 en el sentido de incluir en el fallo a los demandados que se allanaron a la demanda y que son los siguientes: Braulio, Blanca, Raquel, Mariana, Cecilia, Jesus Miguel, Jose Miguel y Ángel Jesús .".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpusieron recurso de apelación D. Pablo, Dª Margarita

, D. Carlos José, D. Juan Alberto, Dª María Consuelo, D. Evaristo, Dª Irene, D. Lucio, Dª Silvia, D....

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