SAP Las Palmas 221/2007, 22 de Junio de 2007
Ponente | PEDRO JOAQUIN HERRERA PUENTES |
ECLI | ES:APGC:2007:2010 |
Número de Recurso | 115/2007 |
Número de Resolución | 221/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LAS PALMAS de GC
SECCIÓN QUINTA
Rollo nº 115/07
Asunto: Juicio Declarativo Ordinario
Procedencia: Juzgado de Primera Instancia No. Once de Las Palmas de Gran Canaria.
Iltmos. Sres.-
PRESIDENTE: Don Ángel Guzmán Montesdeoca Acosta
MAGISTRADOS: Doña Mónica García de Yzaguirre
Don Pedro Joaquín Herrera Puentes, (Ponente)
SENTENCIA 221
En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a de 22 de Junio de 2.007.
VISTAS por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Once de Las Palmas de Gran Canaria, en los autos referenciados (Juicio Declarativo Ordinario 115/07), seguidos a instancia de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000, parte apelante, representada en esta alzada por la Procuradora Doña Lidia Esther Ramírez González y asistida por la Letrada Doña Rosa María Pérez Castellano, contra DON Alfonso, parte apelada, representada en esta alzada por el Procurador Don Antonio Jaime Enríquez Sánchez y asistido por la Letrada Doña Olalla Medina Cabrera, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Pedro Joaquín Herrera Puentes, quien expresa el parecer de la Sala.
Por el Juzgado de Primera Instancia No. Once de Las Palmas de Gran Canaria, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «QUE DESESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Lidia Ramírez González, Procuradora de los Tribunales y de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL DIRECCION000, sito en la calle de la Calzada Lateral del Norte 27 de Las Palmas de Gran Canaria, contra DON Alfonso, debo absolver y absuelvo al demandado de todos los pedimentos de la demanda formulados en su contra en la demanda, condenando a la actora al pago de las costas procesales»
La referida sentencia, de fecha 2 de Febrero de 2.006, se recurrió en apelación por la parte actora, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 7 de Junio de 2.007.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Para un mejor entendimiento de la cuestión sometida a debate en esta alzada resulta aconsejable la reproducción de los pedimentos esenciales de la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 contra el propietario del piso, ubicado en la planta quinta y distinguido con la letra D. Así la parte actora interesa: a) que se declare la obligación del demandado de permitir el acceso por su propiedad a fin de que se puedan efectuar las reparaciones oportunas en la fachada y tuberías generales de la finca; y b) se declare la responsabilidad del demandado por los daños y perjuicios que se deriven de su actuación impeditiva y que se le condene a abonar por ello una indemnización.
La Sentencia dictada en primera instancia desestima ambos impedimentos en base a lo que sigue: a) no ha acreditado la actora que la comunidad en junta de propietarios hubiese acordado la ejecución de obras consistentes en la retirada de la barandilla de los balcones por estética, por seguridad o por el motivo que se estimare; y b) no consta la necesidad de pasar por la vivienda del demandado.
La parte actora, ahora apelante, centra su recurso de apelación en los argumentos contenidos en su demanda e insiste en la existencia de un acuerdo en virtud del cual se aprueba la ejecución de unas obras en...
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