SAP Barcelona, 11 de Julio de 2000

PonenteMARTA FONT MARQUINA
ECLIES:APB:2000:9271
Número de Recurso1438/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución11 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUES

Dª. Mª DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ

Dª. MARTA FONT MARQUINA

En la ciudad de Barcelona, a once de julio de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía, número 111/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Sabadell , a instancia de D./Dª Donato y Dª Concepción representado/a por el/la Procurador/a D./Dª. JOANA MENEN y dirigido por el/la Letrado/a D./Dª. CESAR LOPEZ, contra DIRECCION000 , representado/a por el/la Procurador/a D./Dª. BELEN DOMINGUEZ, y dirigido por el/la Letrado/a D./Dª. BELEN BALLESTEROS; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de octubre 1998 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Donato y Concepción contra DIRECCION000 Debo declarar y declaro que: 1.- Que 1. Que el patio central de luces sito en el inmueble de la CALLE000 NUM000 - NUM001 de Sabadell es elemento común y que los actores, como copropietarios, tienen derecho a utilizarlo sin menoscabar el derecho de los demás comuneros. 2. Que la colocación de la tubería en la forma propuesta y proyectada por los demandantes en el hecho cuarto de la demanda no afecta ni a la estructura o configuración del edificio ni a su resistencia o aspecto estético ni menoscaba los derechos de cualquier otro comunero o de la propia comunidad 3 Que los demandantes tienen derecho, corriendo con todos los gastos, a la colocación de la conducción de extracción de humos enla forma señalada en el informe del arquitecto Sr. Silvio que se acompaña con la demanda y que se da por reproducido. Que debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por tales declaraciones, soportando la instalación de la tubería de salida de humos. Todo ello, con imposición de las costas a la demandada.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 22 de mayo 1998, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./Dª. MARTA FONT MARQUINA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los fundamentos de la sentencia apelada.

PRIMERO

Ha de prosperar el recurso de apelación instado por la Comunidad de Propietarios, que se contrae en esencial a sostener que se han infringido las normas esenciales de la Propiedad Horizontal, al imponer a la Comunidad una servidumbre que...

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