SAP Huesca 137/2008, 20 de Junio de 2008

PonenteSANTIAGO SERENA PUIG
ECLIES:APHU:2008:258
Número de Recurso255/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución137/2008
Fecha de Resolución20 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 137

PRESIDENTE

D. SANTIAGO SERENA PUIG

MAGISTRADOS

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

En Huesca, a veinte de junio de dos mil ocho.

En nombre del Rey, la Audiencia provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario número 322/06 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Huesca, promovidos por Lourdes , dirigida por el Letrado don Carlos Cuartero Bernal y representada por la Procuradora doña Hortensia Barrio Puyal, contra Comunidad de Propietarios c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Huesca, como demandada, defendida por el Letrado don Óscar Bolea Alamañac y representada por la Procuradora doña Marta Pardo Ibor. Se hallan los autos pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 255 del año 2007, e interpuesto por el demandante, Lourdes . Es ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. Don SANTIAGO SERENA PUIG.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El ilustrísimo juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 29 de marzo de 2007 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Barrio Puyal, en nombre y representación de Lourdes debo absolver y absuelvo a lademandada Comunidad de Propietarios DIRECCION000 . NUM000 de las pretensiones frente a ello en aquella".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, la demandante, Lourdes , dedujo recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la íntegra estimación de la demanda. A continuación, el juzgado dio traslado a la demandada, Comunidad de Propietarios c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Huesca, para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable. En esa fase, la apelada formuló en tiempo y forma escrito de oposición. Seguidamente, el juzgado emplazo a las partes por término de treinta días ante este Audiencia y seguidamente se remitieron los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 255/07. Personadas las partes ante esta Audiencia y no habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala señaló el diecisiete de junio para deliberación, votación y fallo. En la tramitación de esta segunda instancia, no ha sido posible observar los plazos procesales por la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia que desestima la demanda, la apelante alega varios motivos, error en la apreciación de la prueba y en la aplicación del artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (en adelante, LPH) sobre los defectos en la citación y en la redacción del orden del día; infracción del artículo 17.1 de la LPH , sobre la necesidad de unanimidad en el acuerdo que autoriza la instalación de un tejadillo móvil, autorización genérica e inconcreta que no delimita ni sus dimensiones ni el material; infracción del artículo 18.1.c) de la LPH ya que el acuerdo supone un grave perjuicio que no tiene la obligación de soportar, pues le priva de parte del vuelo y afecta a la seguridad de su vivienda, y, por último, infracción del artículo 394.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre costas procesales.

SEGUNDO

Sobre el orden del día y la convocatoria. El artículo 16.2 de la LPH , según la redacción Ley de 6 abril de 1999 , dispone "la convocatoria de las Juntas la hará el presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda...

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