SAP A Coruña 123/2007, 15 de Marzo de 2007

PonenteJULIO TASENDE CALVO
ECLIES:APC:2007:1421
Número de Recurso477/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2007
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00123/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA CORUÑA/A CORUÑA

Sección 005

1280A

RÚA CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Tfno.: 981 18 20 99/98 Fax: 981 18 20 97

N.I.G. 15030 37 1 2006 0001483

Rollo: 477/06 R

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 0000173 /2003

Órgano Procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CARBALLO

Deliberación el día: 13 de marzo de 2007

N Ú M E R O 123/07

Ilmos. Sres. Magistrados:

MANUEL CONDE NUÑEZ

JULIO TASENDE CALVO

JUAN CAMARA RUIZ

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a quince de Marzo de dos mil siete.

En el recurso de apelación civil número 477/06 interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia num. 1 de Carballo, en Juicio Verbal Civil 173/03, sobre "Reclamación de cantidad", siendo la cuantía del procedimiento 330 Euros, seguido entre partes: Como APELANTE: DOÑA Silvia, representada por el Procurador Sr. Amenedo Martínez como APELADOS: DON Fernando y DOÑA Pilar.- Siendo Ponente el Ilmo. Sr. DON JULIO TASENDE CALVO.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Que por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Carballo, con fecha 28 de octubre de 2003, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice como sigue:

"Que debo desestimar y desestimo la demandad de juicio verbal formulada por la Procuradora Sra. Buño Vázquez, en nombre y representación de Doña Silvia contra Doña Pilar y Don Fernando, con imposición de costas a la actora.".-

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por la demandante, que le fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a este Tribunal, y realizado el trámite oportuno se señaló para deliberar la Sala el día 13 de marzo de 2007, fecha en la que tuvo lugar.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada, y

PRIMERO

El único motivo esencial que fundamenta el recurso de apelación interpuesto por la actora contra la sentencia del Juzgado desestimatoria de su demanda, formulada al amparo de los arts. 592 y 1902 del Código Civil, alegando que las ramas de los eucaliptos propiedad de los demandados caen sobre la finca de la actora y han causado daños en la cubierta del establo existente en ella, cuya indemnización se solicita, es el error en la apreciación de la prueba. Sin embargo, ninguno de los argumentos expuestos por la apelante, que se limita a reiterar los alegatos que sirvieron de base a su escrito de demanda y a hacer una parcial e interesada valoración de la prueba practicada en el juicio, sin desvirtuar la acertada motivación de la sentencia recurrida, estimando no acreditados los hechos constitutivos de las acciones acumuladamente ejercitadas en la demanda, permiten apreciar la realidad del motivo invocado, al carecer de un soporte probatorio concluyente que demuestre o evidencie el error fáctico de la resolución apelada. Lejos de acreditar...

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