SAP Navarra 128/2007, 18 de Junio de 2007

PonenteJOSE JULIAN HUARTE LAZARO
ECLIES:APNA:2007:169
Número de Recurso42/2007
Número de Resolución128/2007
Fecha de Resolución18 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 1ª

S E N T E N C I A Nº 128/2007

Presidente

D. FERMÍN ZUBIRI OTEIZA

Magistrados

D. JOSÉ JULIÁN HUARTE LÁZARO (Ponente)

Dª ESTHER ERICE MARTÍNEZ

En Pamplona/Iruña, a 18 de junio de 2007.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil nº 42/2007, derivado del Juicio Verbal nº 463/2006, del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Pamplona/Iruña; siendo parte apelante, la demandada, Dª Carmen, representada por el Procurador D. Ricardo Beltrán García y asistida por el Letrado D. Carmelo Lozano Matute; parte apelada, la demandante, Dª Nuria, quien actúa en su propio nombre y representación. Sobre reclamación de honorarios.

Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ JULIÁN HUARTE LÁZARO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 21 de septiembre de 2006, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Pamplona/Iruña dictó Sentencia en el Juicio Verbal nº 463/2006, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que estimando la demanda interpuesta por la Letrada Sra. Nuria en su propio nombre, contra Carmen, debo CONDENAR y CONDENO a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 771'73 € que devengará el interés previsto en el artículo 576 de la LEC desde la fecha de la presente sentencia, con condena en costas a la parte demandada".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte demandada, Dª Carmen, quien solicitó que, con revocación de la sentencia dictada en la primera instancia, se dicte nueva resolución por la que se desestime íntegramente la demanda y se impongan las costas a la parte actora.

CUARTO

La parte apelada, Dª Nuria, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia y la imposición de las costas causadas a la parte apelante.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial de Navarra, previo reparto, correspondieron a esta Sección Primera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 42/2007, señalándose el día 11 de junio de 2007 para su deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estimó la reclamación de honorarios que la actora Dña. Nuria, en calidad de letrada, formulaba contra la demandada Dña. Carmen, por los servicios profesionales prestados a ésta por la tramitación de un reparto de la herencia de su madre.

El Juzgado "a quo" consideró que debía estimar la demanda, ya que la actora con la documentación aportada había acreditado el cumplimiento de sus obligaciones en relación con la tramitación del reparto de la herencia que la demandada le había encargado, ya que en la Notaría quedó encargada y preparada para su firma la escritura de aceptación de herencia y si ésta no se retiró fue por causa de la propia demandada, ante la queja formulada ante el Colegio de Abogados por la demandada, sin que la pérdida de confianza que ello implica constituya prueba de que la actora en calidad de Abogado incumpliera sus obligaciones o fuera negligente en el desempeño de su trabajo, lo que unido a que la minuta no fue impugnada, estimó la reclamación que por importe de 771,73 € realizó la letrada, que...

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