SAP Santa Cruz de Tenerife 138/2008, 24 de Marzo de 2008

PonenteMARIA ELVIRA AFONSO RODRIGUEZ
ECLIES:APTF:2008:201
Número de Recurso717/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución138/2008
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN PRIMERA

SANTA CRUZ DE TENERIFE

SENTENCIA Nº 138/2008

Rollo nº 717/2007

Autos nº 1447/2006

Jdo. 1ª Inst. nº 1 de San Cristóbal de La Laguna

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS

Magistrados:

D. MODESTO BLANCO FERNÁNDEZ DEL VISO

Dª. ELVIRA AFONSO RODRÍGUEZ

En Santa Cruz de Tenerife, a veinticuatro de marzo de dos mil ocho.

Visto por los Iltmos. Sres. Magistrados arriba expresados el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en los autos nº 1447/2006, juicio verbal, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Cristóbal de La Laguna, promovidos por don Eloy y doña Consuelo representados por el Procurador don Claudio García del Castillo contra Viajes Sabanda, S.L. representada por la Procuradora doña Pilar Reboso Machín y Entidad Menan Tours representada por la Procuradora doña Carlota Falcón Lisón.; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Dª. ELVIRA AFONSO RODRÍGUEZ, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrado Juez Dña. Gabriela Reverón González, dictó sentencia el 31 de mayo de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando íntegramente la demanda presentada por Dª Consuelo y D. Eloy, representados por el procurador D. Claudio García del Castillo, defendidos por el letrado D. Oscar Aranda Martín contra la entidad mercantil "Menan Tours", representada por la procuradora Dª Carlota Falcón Lisón y defendida por el letrado D. Juan Manuel González y contra la entidad mercantil "Viajes Sabanda, S.L." representada por la procuradora Dª. Pilar Reboso Machín y defendida por el letrado D. Guillermo Serrano, debo condenar y condeno a la entidad codemandada Menan Tours al abono a los actores de la cantidad de ochocientos sesenta euros; y ello con expresa imposición de costas a la entidad mercantil condenada. Asimismo, debo absolver y absuelvo a la entidad mercantil Viajes Sabanda, S. L. de todos los pedimentos contenidos la demanda; y ello sin expresa imposición de las costas procesales."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandada, se preparó recurso de apelación, se interpuso el mismo, evacuándose el respectivo traslado, formulando oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

TERCERO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día dieciocho de marzo de dos mil ocho.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La disconformidad del recurrente, codemandado en la instancia, con la resolución estimatoria de la demanda ha motivado la interposición del presente recurso en solicitud de que se revoque la resolución recurrida y se absuelva a esta parte de las pretensiones deducidas en su contra. Discrepa el apelante de todos los fundamentos de la sentencia a la que imputa de una parte, la infracción del art. 2 de la Ley de viajes Combinados, relativo a la responsabilidad solidaria allí establecida entre los diversos organizadores de un viaje combinado, así como la vulneración del art. 4 de dicho texto legal, que impone al consumidor la obligación de comunicar al organizador, detallista o en su caso al prestador del servicio de que se trate cualquier incumplimiento, además de una errónea valoración de la prueba, al no haber quedado acreditado el incumplimiento que sirve de fundamento a la pretensión indemnizatoria...

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