SAP Barcelona 154/2007, 9 de Marzo de 2007

PonenteMARIA DOLORES PORTELLA LLUCH
ECLIES:APB:2007:774
Número de Recurso34/2006
ProcedimientoMENOR CUANTÍA
Número de Resolución154/2007
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PRIMERA

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 34/06

Procedente del procedimiento nº 672/04 Tráfico

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Barcelona

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA.

Mª DOLORS PORTELLA LLUCH, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON

ANTONIO RECIO CORDOVA actuando la primera de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el

recurso de apelación nº 34/06 interpuesto contra la sentencia dictada el día 29 de julio de 2005 en

el procedimiento nº 672/04 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Barcelona, en el

que son recurrentes REALE AUTOS Y SEGUROS GENERALES, S.A., y apelados CONSORCIO

COMPENSACIÓN DE SEGUROS, previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de

España la siguiente

S E N T E N C I A

Barcelona, 9 de marzo de 2007

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el Abogado del Estado, en nombre del Consorcio de Compensación de Seguros, contra Reale Autos y Seguros Generales, S.A. Autos y Seguros Generales, S.A. (antes Imperio Vida y Diversos, S.A.) y D. David, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la aseguradora demandada a abonar al actor la suma de VEINTITRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS euros CON TREINTA Y CINCO céntimos, más los intereses legales, incrementados en un 25 por 100, desde las fechas señaladas en el fundamento jurídico cuarto, y con imposición a la citada demandada de las costas procesales causadas al actor. Y DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO al demandado de los pedimentos formulados en su contra, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas a su instancia al actor.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal la Magistrada Ponente DÑA. Mª DOLORS PORTELLA LLUCH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada en la instancia que estimó la acción ejercitada por el Consorcio de Compensación de Seguros contra la entidad Imperio Vida Diversos, ha planteado recurso la representación de la indicada parte cuya defensa expuso los argumentos que en forma resumida indicamos: a) el supuesto de autos está previsto en el apartado primero del artículo 15 de la Ley de Contrato de seguro conforme al cual, y salvo pacto en contrato, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador queda liberado de la obligación, b) el asegurado Sr. David ya impagó la primera prima de la póliza suscrita el 12 de...

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