SAP Las Palmas 296/2007, 13 de Julio de 2007

PonenteVICTOR MANUEL MARTIN CALVO
ECLIES:APGC:2007:1760
Número de Recurso289/2007
Número de Resolución296/2007
Fecha de Resolución13 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 4ª

Iltmos. Sres.-

PRESIDENTE: Don Víctor Caba Villarejo

MAGISTRADOS: Don Víctor Manuel Martín Calvo

Doña Carmen María Simón Rodríguez

SENTENCIA

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a trece de julio de dos mil siete;

VISTAS por la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Puerto del Rosario en los autos referenciados (Juicio Verbal nº 705/05) seguidos a instancia de DOÑA Elisa y DOÑA Antonieta, parte apelante, representadas en esta alzada por la Procuradora Doña Carmen Quintero Hernández y asistidas por el Letrado Don Raúl Miranda López, contra la entidad mercantil "DENIS & SAAVEDRA INVESTMENT, S.L.", parte apelada, representada en esta alzada por la Procuradora Doña María Teresa Díaz Muñoz y asistida por el Letrado Don Flavio A. Domínguez Hormiga, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Víctor Manuel Martín Calvo, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. 2 de Puerto del Rosario, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Don David Travieso Darías en nombre y representación de Doña Elisa y Doña Antonieta contra la entidad DENIS SAAVEDRA INVESTMENT S.L. absolviendo a la demandada de los pedimentos de los actores con expresa imposición de las costas causadas a las actoras»

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 28 de marzo de 2006, se recurrió en apelación por la parte actora, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la parte contraria presentó escrito de oposición al recurso alegando cuanto tuvo por conveniente y seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. Habiéndose admitido prueba documental presentada por la parte actora apelante, sin necesidad de celebración de vista, se señaló para discusión, votación y fallo el día 13 de julio de 2007.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la parte actora acción tendente a la recuperación sumaria de la posesión de un paso del que afirma haber sido despojado así como de una superficie de terreno la sentencia de primera instancia desestima en su integridad la demanda por falta de prueba del hecho del despojo. Frente a dicha resolución se alza la parte actora sosteniendo error en la valoración de la prueba y, derivado de ello, vulneración de la tutela judicial efectiva por defecto de motivación.

SEGUNDO

Los interdictos posesorios, entre ellos el de recobrar ejercitado en la presente litis que traen amparo en los arts. 441 y 446 del Código Civil, están inspirados en la denominada "actio spolii" o "remedium spolii" del sistema canónico que, ante la insuficiencia de la regulación romana para solventar las necesidades surgidas cotidianamente en la praxis. configuró un instrumento procesal dispensador de la más amplia protección frente al despojo, inspirado en la interdicción de la autotutela "adversus ea vim fiero veto", en el logro...

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