STSJ Asturias , 23 de Mayo de 2005

PonenteLUIS QUEROL CARCELLER
ECLIES:TSJAS:2005:2092
Número de Recurso319/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO: 319/2004 RECURRENTE: Ramón , Donato , Clara , Juan Antonio , Gabriela Y Salvador PROCURADOR: LAURA FERNÁNDEZ-MIJARES SÁNCHEZ RECURRIDO: AYUNTAMIENTO DE GRANDAS DE SALIME PROCURADOR: G ÁLVAREZ FERNÁNDEZ SENTENCIA NÚM. 822/05 ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA Dª. MARÍA OLGA GONZÁLEZ LAMUÑO ROMAY En OVIEDO, a veintitrés de Mayo de dos mil cinco.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número P.O. 319/2004, interpuesto por la Procuradora Dª. Laura Fernández-Mijares Sánchez, en nombre y representación de D. Ramón , D. Donato , Dª. Clara , D. Juan Antonio , Dª. Gabriela Y DON Salvador , con la dirección de la Letrada Doña Natalia Rodríguez, contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento en Pleno de Grandas de Salime, con fecha 15 de enero de 2004 por el que se desestima el recurso de reposición frente al acuerdo de 20 de noviembre de 2003, relativo a la Relación de Puestos de Trabajo de dicho Ayuntamiento. Estando la Administración demandada representada por el Procurador Don Luis Álvarez Fernández con la dirección del Letrado Don Raúl Bocanegra Sierra.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS QUEROL CARCELLER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 11 de marzo de 2004, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia por la que estimando la presente demanda, declare la nulidad de los acuerdos administrativos impugnados por las infracciones de legalidad constitucional y ordinaria que se exponen, declarando el derecho de los empleados del Ayuntamiento de Grandas de Salime a percibir el complemento específico manteniendo la plena vigencia y aplicabilidad de la Relación de Puestos de Trabajo referida al ejercicio 2002 incrementada en el porcentaje de aumento previsto por la Ley de Presupuestos para 2003 , que ha venido sirviendo de base para la liquidación y abono a todo el personal de sus retribuciones a lo largo de este ejercicio de 2003, y a la correspondiente adecuación del anexo sobre dotación presupuestaria de los puestos de trabajo acomodado a esa relación, con todos los efectos inherentes.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, acuerde dictar sentencia por la que desestime el recurso, confirmando en todas sus partes el acuerdo impugnado, por ser éste conforme a Derecho, con expresa imposición de costas al Sindicato demandante.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 19 de mayo de 2005, en que tuvo lugar dicho acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento en Pleno de Grandas de Salime, con fecha 15 de enero de 2004 por el que se desestiman los recursos de reposición frente al acuerdo de 20 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el contenido económico o retribuciones fijadas de la Relación de Puestos de Trabajo de dicho Ayuntamiento, alegándose en apoyo de la pretensión deducida que en la actuación administrativa existen causas que dan lugar a la nulidad o a la anulabilidad del acto por vulneración de normas constitucionales o de legalidad ordinaria al aprobarse una modificación...

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