STSJ Navarra , 6 de Julio de 2005

PonenteJOSE ANTONIO ALVAREZ CAPEROCHIPI
ECLIES:TSJNA:2005:944
Número de Recurso235/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

ILMO. SR. D. VICTOR CUBERO ROMEO PRESIDENTE ILMA. SRA. Dª. CARMEN ARNEDO DIEZ ILMO. SR. D. JOSE ANTONIO ALVAREZ CAPEROCHIPI En la Ciudad de Pamplona/Iruña, a SEIS DE JULIO de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de suplicación interpuesto por FELIX MARTINEZ LACARRA, en nombre y representación de Roberto , frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Pamplona/Iruña sobre Desempleo; ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado DON JOSE ANTONIO ALVAREZ CAPEROCHIPI, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Social nº Uno de los de Navarra, se presentó demanda por DON Roberto , en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se condene al INEM a conceder de nuevo al actor la prestación por desempleo que en su día le fue concedida y luego denegada, y abonarle las prestaciones en tal concepto, dejadas de abonar y las sucesivas que se devenguen, incrementadas con el correspondiente interés por mora.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio oral en el que la parte actora se ratificó en la misma, oponiéndose la demandada según consta en el acta extendida a tal efecto por el Sr. Secretario. Recibido el juicio a prueba se practicaron las propuestas y declaradas pertinentes.

TERCERO

Por el Juzgado de instancia se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por Roberto frente al INEM debo absolver a éste de los pedimentos deducidos en su contra".

CUARTO

En la anterior sentencia se declararon probados: "PRIMERO: Que el actor presto servicios en su en la empresa CREACIONES MARIN en un club de la misma llamado "Los Rosales" sito con la categoría profesional de Camarero, una vez cesó en dicha empresa solicito y le fue concedida la prestación por desempleo por el periodo 6-11-2003 al 5-9-2005 siendo la base reguladora diaria 29,58 euros- SEGUNDO.- El actor se fue a Colombia , según su mujer por poco tiempo y sin intención de fijar residencia, sin comunicar ni acreditar nada ante la oficina de empleo, en donde fue detenido y desde el 23 de Abril de 2004, se halla recluido en la Cárcel Modelo de Bogotá (Colombia).- TERCERO.- Con fecha 27-09-04 se le notificó la percepción indebida de la prestación por desempleo, por la cuantía, período y motivos siguientes:- Que ha salido al extranjero sin comunicar, ni acreditar la causa ante la Oficina de Empleo que de acuerdo con el arto 213.1, g) del Real Decreto 1/94, de 20 de junio (BOE de 29 de junio), Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social , el derecho a la percepción de las prestaciones por desempleo se extingue por traslado de residencia al extranjero, así como la propuesta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR