SAP Huesca 78/2008, 27 de Marzo de 2008

PonenteJOSE TOMAS GARCIA CASTILLO
ECLIES:APHU:2008:106
Número de Recurso201/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución78/2008
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00078/2008

Apelación Civil Nº 201/2007 S270308.6J

Sentencia Apelación Civil Número 78

PRESIDENTE *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

MAGISTRADOS *

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE *

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO *

*

En Huesca, a veintisiete de marzo del año dos mil ocho.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario seguidos bajo el número 100/06 ante el Juzgado de Primera Instancia Nº Dos de Jaca, que fueron promovidos por Electro Alquileres S.L., quien actuó como demandante dirigida por el Letrado Sr. Clemente Jiménez y que está representada en esta alzada por la Procuradora Sra. Barrio Puyal, contra Antonio Biec S.L., quien intervino como demandada, y actora en reconvención, defendida por el Letrado Sr. Crespo Jordán y que está representada en esta alzada por la Procuradora Sra. Pardo Ibor. Se hallan dichos autos pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 201 del año 2007 e interpuesto por la demandada Antonio Biec S.L.. Es Ponente de esta Sentencia el Magistrado don JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la Sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó el día trece de abril de dos mil siete la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: Estimo la demanda interpuesta por Electro Alquileres S.L. contra Antonio Biec S.L. y condeno a la demandada al abono de 4.906,43 euros que devengarán el interés legal del dinero desde la interpelación judicial. Desestimo la reconvención formulada por Antonio Biec S.L. contra Electro Alquileres S.L. y absuelvo a la demandante de las pretensiones de condena en ella interesadas. Condeno a la demandada y reconviniente al abono de las costas".

TERCERO

Contra la anterior Sentencia, la demandada Antonio Biec S.L. anunció recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante para que lo interpusiera, lo cual efectuó dicha parte en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la íntegra desestimación de la demanda. A continuación, el Juzgado dio traslado a la demandante Electro Alquileres S.L. para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable, en cuyo trámite dicha parte formuló en tiempo y forma escrito de oposición para solicitar la desestimación del recurso y la confirmación de la Sentencia.

CUARTO

Seguidamente, el Juzgado emplazó a las partes y remitió los autos a este Tribunal, en...

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