STSJ Castilla y León 594/2008, 19 de Diciembre de 2008

PonenteVALENTIN JESUS VARONA GUTIERREZ
ECLIES:TSJCL:2008:5049
Número de Recurso346/2007
Número de Resolución594/2008
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

En la Ciudad de Burgos a diecinueve de diciembre de dos mil ocho.

En el recurso contencioso administrativo número 346/07 interpuesto por Don Esteban y María Inmaculada representados por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y defendidos por el Letrado Don Felix Burgos López contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos de 31 de agosto de 2007 por la que se desestima la reclamación económico administrativa seguida con el NUM000 contra el acuerdo del Jefe de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Avila que contiene liquidación provisional por el concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2005 que determina una cantidad a ingresar de 1.022,30 euros de los que 980,62 corresponden a cuota y 41,68 a intereses de demora ; habiendo comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado en virtud de la representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 22 de octubre de 2008 .

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 2 de enero de 2008 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto se reconozca el derecho que tiene Doña María Inmaculada a que en la declaración conjunta presentada con su conyuge, del IRPF de 2005 no se le compute como rendimientos de contrato de seguros de vida o invalidez y de operaciones de capitalización la cantidad de 9.024 euros , por proceder de indemnización realizada por la compañía de Seguros BBVA Seguros S.A. por accidente laboral, con impedimento para realizar actividad habitual y por tanto exenta del impuesto.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada que contestó a la demanda a medio de escrito de 20 de febrero de 2008 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Una vez dictado Auto de fijación de cuantía, y habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se practicaron las declaradas pertinentes con el resultado que obra en autos y tras la presentación de conclusiones escritas, quedaron los autos conclusos para sentencia, y no pudiéndose dictar ésta en el plazo de diez días previsto en el art. 67.1 de la Ley 29/98 , al existir recursos pendientes de señalamiento para Votación y Fallo con preferencia, y puesto que el art. 64.3 de la misma Ley , establece que tal señalamiento se ajustará al orden expresado en el apartado 1 del artículo anterior y existiendo en la Sala recursos conclusos de fecha anterior, y por tanto con preferencia para efectuar su señalamiento al de este recurso, quedaron los autos pendientes de señalamiento de día para Votación y Fallo, para cuando por orden de declaración de conclusos correspondiese, habiéndose señalado el día 18 de diciembre de 2008 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

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