STSJ Andalucía 2242/2006, 26 de Julio de 2006

PonenteJOSE MARIA CAPILLA RUIZ-COELLO
ECLIES:TSJAND:2006:7263
Número de Recurso793/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2242/2006
Fecha de Resolución26 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

2242/2006

6

M.D.

SENTENCIA NÚM. 2242/2006

Autos 473/06

Jaén 1

ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. DOMINGO BRAVO GUTIÉRREZ

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a veintiséis de julio de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 793/06, interpuesto por CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO de JAÉN en fecha 3 de enero de 2.006 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Rosa en reclamación sobre PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVA contra CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 3 de enero de 2.006, por la que estimando la demanda interpuesta por Dª Rosa contra Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y revocando la resolución recurrida, debo declarar y declaro que la actora está afecta de un grado de minusvalía del 70% con las consecuencias legales inherentes y debiendo estar y pasar por lo anterior la demandada desde la fecha de la extinción de la prestación.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Dª Rosa, mayor de edad, con DNI NUM000, fue reconocida como minusválida con un grado de minusvalía del 70% por resolución del Instituto Andaluz de Servicios Sociales de fecha 22/12/1995, con los derechos beneficios o servicios que pudieran corresponderle por ley. Dicho reconocimiento de minusvalía vino determinado por padecer mastectomía en mama izquierda.

  2. - Se inició expediente de revisión de oficio en el que se emitió el dictamen del EVO en el que se aprecia que la actora presenta: neoplasia de mama izquierda y le otorga un 4% de discapacidad y 8 puntos de factores sociales y con fecha 29/03/05 la Delegada Provincial de Asuntos Sociales resolvió reconocer a la actora el grado de minusvalía del 4% desde el 1/05/05.

  3. - Contra la referida resolución, formuló en tiempo y forma reclamación previa la actora, con fecha 9/03/05. Por resolución de 12/07/05 de la Delegada Provincial de Asuntos Sociales se desestima la reclamación previa.

  4. - Frente a dicha resolución la actora interpuso demanda en fecha 1 de septiembre de 2005.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por el Letrado de la Junta de Andalucía, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que estimaba la demanda presentada por Doña Rosa de que se dejase sin efecto la resolución del INSS por la que se rebajaba el porcentaje de minusvalía que tenia reconocido, se alza el Organismo Publico en recurso que, en un primer motivo y por el cauce procesal de la letra b) del Art. 191 de la L.P.L.,...

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