SAP Huesca 120/2000, 28 de Abril de 2000

PonenteJOSE TOMAS GARCIA CASTILLO
ECLIES:APHU:2000:182
Número de Recurso208/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución120/2000
Fecha de Resolución28 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 120

PRESIDENTE *

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

MAGISTRADOS *

D. J. TOMÁS GARCÍA CASTILLO

Dª. MONTSERRAT BELMONTE CASTELLS

En la ciudad de Huesca, a veintiocho de abril del año dos mil.

Vistos en nombre del Rey por esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº Uno de Jaca como juicio de menor cuantía registrado al número 182/98 , promovido por Carlos Daniel como demandante contra Lorenzo y Luz como demandados y pendiente ante esta Audiencia Provincial en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 208 del año 1999 e interpuesto por el citado demandante, que actúa en esta alzada representado por la Procuradora Dª Mª Teresa Ortega Navasa y defendido por el Letrado D. Victor Palacios Viu, habiendo comparecido también ante este Tribunal para la sustanciación de este recurso, en su calidad de apelado, el expresado demandado, representado por la Procuradora Dª María Angel Pisa Torner y defendido por el Letrado D. José María Valdivia Sánchez, y actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don J. TOMÁS GARCÍA CASTILLO , quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso, en el que aparecen y son de aplicación los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Fallo.- Que desestimo la demanda formulada por la Procuradora Sra. Lacasta en nombre y representación de D. Carlos Daniel contra D. Lorenzo y Dª Luz representados por la Procuradora Sra. De Donesteve y absuelvo a los demandados de la pretensión contra ellos formulada. Se imponen las costas al actor".

TERCERO

Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso en tiempo y forma el demandante el presente recurso de apelación, el cual fue admitido, elevándose los autos a esta Sala tras el oportuno emplazamiento de las partes, quienes comparecieron debidamente y en tiempo hábil en el presente rollo sustanciándose con ellas el recurso por los trámites señalados en la Ley, y teniendo lugar el acto de la Vista Pública en el día y hora previamente señalados, con la asistencia de las partes personadas indicadas en el encabezamiento de esta resolución, solicitando el recurrente la estimación de su alzada con revocación de la Sentencia discutida para que se procediera a la estimación de su demanda, en tanto que los apelados pidieron la desestimación del recurso y la confirmación de la Sentencia refutada por suspropios fundamentos. Seguidamente, después de informar las partes en defensa de sus pretensiones, se procedió a la deliberación de esta resolución.

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