STSJ Castilla-La Mancha , 25 de Abril de 2000

PonentePURIFICACION LOPEZ TOLEDO
ECLIES:TSJCLM:2000:1466
Número de Recurso1510/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1510/97 CIUDAD REAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltma. Sra. Dª. Purificación López Toledo.

SENTENCIA Nº

En Albacete, a veinticinco de Abril de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1510/97, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de Don Franco , mayor de edad, vecino de Alcobendas (Madrid) y con D.N.I. nº

NUM000 , representado por el Procurador Don Trinidad Cantos Galdámez y dirigido por el Letrado Don Alonso Sánchez Gascón, contra la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, representada y dirigida por los Servicios Jurídicos de la Junta de Comunidades, en materia de Plan técnico de caza del coto privado CR-10.369. Siendo Ponente, la Iltma. Sra. Magistrada, Doña Purificación López Toledo; y,

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 2 de Octubre de 1.997, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Consejería de Medio Ambiente, de fecha 8 de Abril de 1.997 .

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia por la que se estime el presente recurso declarando no ser conformes a derecho la Resolución recurrida en los puntos aquí impugnados y los artículos 20.2, 93.5 y 103, in fine, del Reglamento de Casa , que, en consecuencia deberán ser anulados.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que se declare la desestimación de la demanda y, por tanto, ajustada a derecho la Resolución administrativa impugnada, que fue dictada por el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 12 de Abril, en que tuvo lugar.

Cuarto

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Es objeto de impugnación en esta instancia judicial, la resolución de fecha 8 de Abril de 1.997, de la Consejería de Agricultura y Medio ambiente por la que, examinado el plan técnico de caza del coto privado CR-10369, presentado por el actor, la Administración resuelve su aprobación bajo las condiciones que son de ver en la resolución dictada, de conformidad con la Ley 2/93, de 15 de Julio, de Caza de Castilla-La Mancha y el Decreto 141/96, de 9 de Diciembre , por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la precitada Ley.

Segundo

La resolución impugnada, prohibe la captura en vivo de la especie jabalí, su comercio, los capturaderos de esta especie y los cerramientos interiores. Conforme al art. 66 de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha , establece que "Sólo...

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