STSJ Canarias , 7 de Abril de 2000

JurisdicciónEspaña
Fecha07 Abril 2000

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 4 0 2 Recurso núm. 2122/1997 Iltmos. Sres:

PRESIDENTE Don Antonio Giralda Brito MAGISTRADOS Don Francisco Clavijo Hernández Don Helmuth Moya Meyer En Santa Cruz de Tenerife, a siete de Abril delaño dos mil. VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante don Eduardo , defendido por el Letrado don José Carlos Simancas Rosales, contra Resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales, de 18 de septiembre de 1997, por la que se denegaba permiso de trabajo por cuenta propia, habiéndose personado como parte demandada la Administración del Estado, defendida y representada por el Abogado del Estado en virtud de las atribuciones que por ley ostenta, siendo Ponente de esta sentencia el Iltmo. Sr. Magistrado don Helmuth Moya Meyer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso- administrativo ante esta Sala el 5 de noviembre de 1997. Admitido a trámite, se publicaron lo; anuncios correspondientes y se reclamó el expediente administrativo.

El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que si solicitó licencia de apertura v dispone de contrato de alquiler de local, por lo que reúne los requisitos para obtener el permiso de trabajo, y la actividad a la que se dedica- comercio al por menor de "productos esotéricos" sí genera puestos de trabajo; por otra parte, alega que está casado con una española por lo que tiene derecho a trabajar en nuestro país.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la Administración demandada, que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora v pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones. se señaló día para la votación y Fallo.

CUARTO

Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso-administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso contencioso-administrativo se interpone contra la resolución de la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Santa Cruz de Tenerife, por la que se denegó al recurrente el permiso de trabajo por cuenta propia. aduciendo que la actividad a la que pretende dedicarse no genera puestos de trabajo ni implica la realización de inversiones relevantes para la economía nacional, y, en cualquier caso, no se ha aportado la documentación necesaria para tramitar la solicitud (solicitud de licencia de apertura y contrato de arrendamiento de local de negocio).

SEGUNDO

Debemos examinar los motivos de anulación que alega el recurrente en su demanda, comenzando por aquél que se refiere al derecho que tiene de trabajas en España por el hecho de ser cónyuge de una ciudadana española.

El articulo 4.2...

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