STSJ Andalucía 1395/2006, 10 de Mayo de 2006

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2006:6595
Número de Recurso542/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1395/2006
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

1395/2006

SENT. NÚM. 1.395/06

SECCIÓN PRIMERA - MJ

ILMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTÍN

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO

ILMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a Diez de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el rollo de esta Sala núm. 542/06, se tramitan sendos recursos de Suplicación interpuestos por el INSS y por Dª. Elisa, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de los de Granada en fecha 4 de Noviembre de 2005 en Autos núm. 41/05, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FELIPE VINUESA.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Elisa, sobre seguridad social, contra el INSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 4 de Noviembre de 2005, por la que estima la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Que la actora Dña. Elisa con DNI nº. NUM000 nacida el día 8 de mayo de 1960 está afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº. NUM001. Su profesión habitual es la de limpiadora.

  2. - Tras estar en situación de incapacidad temporal iniciada en fecha de 25 de junio de 2003 hasta el 24 de mayo de 2004, fecha en que fue alta con propuesta de incapacidad, la entidad gestora inició expediente a fin de ser valorada su capacidad laboral y en su caso, ser declarado beneficiario de una prestación contributiva de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, recayendo resolución administrativa el día 30 de agosto de 2004, denegando su pretensión por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de la capacidad laboral para ser constitutivas de I. Permanente, según lo dispuesto en el arto 137 LGSS (ROL 1/94 de 20 de junio, en relación con el arto 134.1° de la misma disposición en la redacción dada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, BOE 1.12.94 ), y sobre la base del dictamen del EVI de 29 de julio de 2004, visto el informe médico de síntesis del expediente del trabajador de fecha 13 de julio de 2004.

  3. - No conforme con dicha calificación y consiguiente resolución, el actor formula en fecha de 8 de noviembre de 2004 reclamación administrativa previa, con el objeto de ser declarado en situación de IPabsolutay subsidiariamente Total para su profesión habitual, con los consiguientes efectos, agotando la misma la cual fue denegada por resolución de fecha 29 de noviembre de 2004. Formula demanda con idéntica petición el día 10 de enero de 2005.

  4. - La base reguladora al objeto del cálculo de las oportunas prestaciones, asciende a 500,29 euros mensuales.

  5. - Que en realidad, la actora comporta los siguientes padecimientos:

Hipotiroidismo en tratamiento. Bocio multinodular (intervenido en enero de 1989). Otitis media crónica con hipoacusia mixta bilateral. Migrañas fibromialgia. Escoliosis dorsa. Nefrolitiasis de repetición. Como limitaciones orgánicas y funcionales presenta: Cuadro clínico ansioso depresivo que no mejora con distintos tratamientos realizados, anemia ferropénica como antecedente. Puntos fibromiálgicos) II. Hipoacusia neurosensorial profunda en oído derecho 75-80 Db de pérdida media. En oído izquierdo 35 Db de pérdida media. Algias osteomusculares diseminadas generalizadas y mareos.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunciaron sendos recursos de suplicación contra la misma por el INSS y por Dª. Elisa, recursos que posteriormente formalizaron, siendo en su momento impugnado por éste el interpuesto por aquél. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 30 de Enero de 2008
    • España
    • 30 Enero 2008
    ...10 de Mayo de 2006 por la Sala de lo Social con sede en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el Recurso de suplicación 542/06, que a su vez había sido ejercitado frente a la Sentencia que con fecha 4 de Noviembre de 2005 pronunció el Juzgado de lo Social número seis de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR