SAP Badajoz 389/2007, 6 de Noviembre de 2007

PonenteFIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ
ECLIES:APBA:2007:1015
Número de Recurso627/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución389/2007
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

BADAJOZ

SENTENCIA: 00389/2007

SENTENCIA Nº:389/07

ILTMOS SRS. MAGISTRADOS :

D. CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO

D. FERNANDO PAUMARD COLLADO

Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMÍNGUEZ

Autos nº:142/07. Procedimiento: Divorcio contencioso. Juzgado de 1ª Instancia. Badajoz nº 4.

Recurso nº:627/07.

En Badajoz a 6 de Noviembre 2007.

La sección 2ª de esta Audiencia Provincial, formada por los Iltmos. Sres Magistrados, al margen reseñados, ha visto en grado de apelación, los precedentes Autos(Divorcio Contencioso nº 142/07, Recurso Civil nº:627/07. Juzgado de 1ª Instancia. Badajoz nº 4), en virtud de demanda formulada por Dª Alicia, representada por la Procurador de los Tribunales Sr. Fernández de Arévalo y asistida por el Letrado Sr. Calero Gonzalez, contra D. José, representado por la Procuradora Sra. Hurtado Marroyo y defendida por el Letrado Sr. Casco Jaraíz, sobre Divorcio contencioso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En mencionados autos se dictó Sentencia con fecha: 17-Mayo-07, por la Iltma Sra. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Badajoz nº 4, cuyo Fallo es el siguiente:

" Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Hurtado Marroyo en nombre y representación de José, frente a Alicia, debo decretar la disolución por divorcio del matrimonio de los citados, y ello, con todos los efectos legales inherentes, y con mantenimiento de las medidas adoptadas en sentencia de separación dictada en procedimiento seguido en este Juzgado con el nº:664/04 a excepción de la relativa a la pensión compensatoria establecida a favor de la esposa, que se declara, ahora, extinguida, y ello, sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas".

Se aceptan, en cuanto son relación de trámites y antecedentes, los de la resolución apelada.

SEGUNDO

Frente a la referida Sentencia de 17-Mayo-07, por la parte demandada, se solicitó la preparación del recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el art. 457.1 de la L.E.C..

TERCERO

Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los art. 457.3 de la L.E.C. por veinte días para la interposición del recurso de Apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada Ley procesal.

CUARTO

Formalizado en tiempo y forma el recurso de Apelación por la representación de la parte demandada, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 L.E.C. se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso, o en su caso de impugnación de la resolución apelada en lo que resulte desfavorable.

QUINTO

Presentado por la representación procesal de la parte demandante, escrito de oposición al recurso de apelación interpuesto, se remitieron los Autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección 2ª, incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los Autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.

Observadas las prescripciones legales de trámite.

Vistos siendo ponente la Magistrado Iltma. Sra. Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMÍNGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIM ERO.-La representación procesal de Dª Alicia invoca como primer motivo de recurso la nulidad de actuaciones por la indefensión causada a la recurrente en el procedimiento tramitado en la primera instancia, debido a que se le entregó únicamente copia de la primera cara de cada folio de la cédula de emplazamiento y del Auto de admisión de la demanda, no así de la segunda cara, por lo que se vio imposibilitada de conocer las peticiones de la parte actora, y de proceder, en consecuencia, a la contestación de la demanda con todas las garantías que el...

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