SAP Alicante 27/2008, 31 de Enero de 2008

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Alicante, seccion 4 (civil)
Número de resolución27/2008
Fecha31 Enero 2008

AUDIENCIA PROVINCIAL de ALICANTE. Sección cuarta. Rollo 625/07

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN CUARTA

ALICANTE

NIG: 03014-37-2-2007-0004302

Procedimiento: Recurso de apelación Nº 000625/2007-

Dimana del Modificación Medidas Contencioso Nº 000735/2006

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE BENIDORM

Apelante/s: Gema

Procurador/es: JOSEFA GARCIA LOPEZ

Letrado/s: YOLANDA FRANCO AMADOR

Apelado/s: Carlos María

Procurador/es : ROSARIO MARCOS FILIU

Letrado/s: PILAR SANCHO MESTRE

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Iltmos. Sres.:

Presidente

D.Federico Rodríguez Mira

Magistrados

D. Manuel B. Flórez Menéndez

Dª. Mª Amor Martínez Atienza

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En ALICANTE, a treinta y uno de enero de dos mil ocho

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 000027/2008

En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada D/ª. Gema, representada

por el Procurador Sr. GARCIA LOPEZ, JOSEFA y asistida por el Ldo. Sr. FRANCO AMADOR, YOLANDA, frente a la parte

apelada Carlos María, representado por el Procurador Sr. MARCOS FILIU, ROSARIO y asistido por el Ldo. Sr.

SANCHO MESTRE, PILAR, contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE

BENIDORM, habiendo sido Ponente el Ilmo Sr. Presidente D. Federico Rodríguez Mira.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE BENIDORM, en los autos de juicio Modificación Medidas Contencioso - 000735/2006 se dictó en fecha 26/07/07 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador Luis Roglá Beneito, en nombre y representación de Carlos María, contra Gema acordando modificar el convenio regulador aprobado por la Sentencia nº 99/1999 de 24 de Mayo dictada por el Juzgado antiguo Mixto nº 5 de Benidorm en el sentido de suprimir el pacto sexto y, por ende, el pacto séptimo relativos a la pensión compensatoria y su actualización por concurrir la circunstancia prevista en el artículo 101 Código Civil, esto es, vivir maritalmente la demandada con otra persona.

No se hace expresa condena en costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada D/ª. Gema, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el Juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación 000625/2007 señalándose para votación y fallo el día 30-01-08.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia de primera instancia estimó debidamente acreditada la convivencia marital de la demandada Dª Gema con D. Carlos Antonio y, en consecuencia, de acuerdo con lo prevenido en el artículo...

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