SAP Alicante 27/2008, 31 de Enero de 2008
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Alicante, seccion 4 (civil) |
Número de resolución | 27/2008 |
Fecha | 31 Enero 2008 |
AUDIENCIA PROVINCIAL de ALICANTE. Sección cuarta. Rollo 625/07
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN CUARTA
ALICANTE
NIG: 03014-37-2-2007-0004302
Procedimiento: Recurso de apelación Nº 000625/2007-
Dimana del Modificación Medidas Contencioso Nº 000735/2006
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE BENIDORM
Apelante/s: Gema
Procurador/es: JOSEFA GARCIA LOPEZ
Letrado/s: YOLANDA FRANCO AMADOR
Apelado/s: Carlos María
Procurador/es : ROSARIO MARCOS FILIU
Letrado/s: PILAR SANCHO MESTRE
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Iltmos. Sres.:
Presidente
D.Federico Rodríguez Mira
Magistrados
D. Manuel B. Flórez Menéndez
Dª. Mª Amor Martínez Atienza
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En ALICANTE, a treinta y uno de enero de dos mil ocho
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 000027/2008
En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada D/ª. Gema, representada
por el Procurador Sr. GARCIA LOPEZ, JOSEFA y asistida por el Ldo. Sr. FRANCO AMADOR, YOLANDA, frente a la parte
apelada Carlos María, representado por el Procurador Sr. MARCOS FILIU, ROSARIO y asistido por el Ldo. Sr.
SANCHO MESTRE, PILAR, contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE
BENIDORM, habiendo sido Ponente el Ilmo Sr. Presidente D. Federico Rodríguez Mira.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 2 DE BENIDORM, en los autos de juicio Modificación Medidas Contencioso - 000735/2006 se dictó en fecha 26/07/07 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta por el Procurador Luis Roglá Beneito, en nombre y representación de Carlos María, contra Gema acordando modificar el convenio regulador aprobado por la Sentencia nº 99/1999 de 24 de Mayo dictada por el Juzgado antiguo Mixto nº 5 de Benidorm en el sentido de suprimir el pacto sexto y, por ende, el pacto séptimo relativos a la pensión compensatoria y su actualización por concurrir la circunstancia prevista en el artículo 101 Código Civil, esto es, vivir maritalmente la demandada con otra persona.
No se hace expresa condena en costas.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada D/ª. Gema, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el Juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación 000625/2007 señalándose para votación y fallo el día 30-01-08.
La sentencia de primera instancia estimó debidamente acreditada la convivencia marital de la demandada Dª Gema con D. Carlos Antonio y, en consecuencia, de acuerdo con lo prevenido en el artículo...
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