SAP Murcia 62/2008, 12 de Febrero de 2008
Ponente | FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ |
ECLI | ES:APMU:2008:165 |
Número de Recurso | 324/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 62/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00062/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968-229183
Fax : 968-229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2007 0101254
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000324 /2007
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CIEZA
Procedimiento de origen : DIVORCIO CONTENCIOSO 0000100 /2006
RECURRENTE : Sonia
Procurador/a :
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Braulio
Procurador/a :
Letrado/a :
Juzgado Cieza nº Dos
Divorcio 100/2006
S E N T E N C I A nº 6 2 / 2008
Ilmos Sres.
D. Andrés Pacheco Guevara
Presidente
D. Fernando López del Amo González
Dª Pilar Alonso Saura
Magistrados
En la ciudad de Murcia, a doce de febrero del año dos mil ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de juicio especial de divorcio
contencioso número 100/2006 que en primera instancia se han seguido ante el Juzgado Civil de Cieza nº Dos entre las partes,
como actora Braulio, representada por el/la Procurador/a Sr. Penalva Salmerón y defendido por el Letrado/a
Sr/a. Valverde Martínez, y como demandada Dª. Sonia, representada por el Procurador Sr. Valor Aznar y
defendida por Letrado.
En esta alzada actúa como apelantes ambas partes.
En ambas instancias interviene el Ministerio Fiscal al amparo de su Estatuto.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 11 de diciembre de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales, Don Antonio Luis Penalva Salmerón y, en consecuencia, declaro disuelto el matrimonio compuesto por Don Braulio y Doña Sonia, quienes habrán de cumplir desde la notificación de la presente resolución determinadas medidas que, por lo que al recurso respecta son: 3) El uso de la vivienda familiar sita en la CARRETERA000 nº NUM000 de la localidad de Abanilla, se otorga a la madre mientras conviva con al menos uno de los hijos comunes. El ajuar doméstico quedará en uso y disfrute de los hijos comunes del matrimonio, así como de la madre, Doña Sonia.; 4) El padre deberá abonar, en concepto de pensión alimenticia a favor de sus hijos y por meses anticipados, la cantidad total mensual de 150 euros, que se hará efectiva dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante ingreso en la misma forma que se ha venido haciendo desde la separación judicial o en la forma que al efecto designe la madre. Dicha cantidad se actualizará atendiendo a las variaciones que experimente, en los doce meses anteriores el IPC publicado por el Instituto Nacional de Estadística".
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpusieron sendos recursos de apelación por la representación de ambas partes.
Por el Juzgado de Instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a esta Sección, formándose el Rollo nº 324/2007. Por resolución se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose el día 12 de febrero de 2008 para deliberación, votación y fallo.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Planteada por Braulio demanda de divorcio en la que también pide la modificación de algunas de las medidas definitivas fijadas en la precedente separación y, por lo que a este recurso concierne, se suprima la obligación de pasar alimentos a los hijos y la pensión...
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