STSJ Comunidad Valenciana 693/2006, 22 de Junio de 2006

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2006:3674
Número de Recurso1304/2003/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución693/2006
Fecha de Resolución22 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número 1.304/2.003

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Segunda

Sentencia número 693 /2.006

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Mariano Ferrando Marzal

Magistrados

Don Rafael Manzana Laguarda

Don Juan Climent Barberá

En la Ciudad de Valencia, a veintidós de junio de dos mil seis.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 1.304/2.003, interpuesto por Don Andrés, representado por la Procuradora Doña Rosario Arroyo Cabria y defendido por la Letrado Doña Teresa Lahoz Rodrigo, contra Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Valencia de fecha 17 de abril de 2.003 (Resolución nº 4857-H) por la que se desestimaba reclamación de responsabilidad patrimonial que el actor dirigió al citado Ayuntamiento por daños sufridos el 28 de enero de 2.000 en la calle del Mar de Valencia; habiendo sido parte, como demandado, el Ayuntamiento de Valencia, representado y defendido por su Servicio Jurídico.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho
Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se declarase la existencia de la responsabilidad patrimonial de la Administración y se reconociese como situación jurídica individualizada el derecho a percibir la cantidad de 1.878,63 euros e intereses desde la fecha en que se formuló la reclamación por las lesiones sufridas.

Segundo

El Ayuntamiento de Valencia contestó a la demanda mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase sentencia desestimando el recurso o su defecto se estimase la concurrencia de culpas y se atemperase el "quantum" indemnizatorio.

Tercero

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a éstas para que formulasen conclusiones escritas, quedando los autos, una vez evacuado dicho trámite, pendientes de señalamiento para votación y fallo.

Cuarto

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 21 de junio de 2.006, en el que ha tenido lugar.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos de Derecho
Primero

El recurrente entabla frente al Ayuntamiento de Valencia, demanda de responsabilidad patrimonial en solicitud de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la negligencia municipal en la conservación de las vías públicas, afirmando que el 28 de enero de 2.000 cuando, sobre las 8,20 horas, deambulaba, a la altura del edificio señalado con el número 3 de policía, por la acera de la calle del Mar de Valencia tropezó con un tocón o resto de árbol que se hallaba en medio de aquélla sin ningún tipo de protección y cayó al suelo; a consecuencia de lo que sufrió lesiones consistentes en fractura de la segunda...

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