SAP Las Palmas 42/2007, 21 de Febrero de 2007

PonentePEDRO JOAQUIN HERRERA PUENTES
ECLIES:APGC:2007:240
Número de Recurso686/2006
Número de Resolución42/2007
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª

Iltmos. Sres.-

PRESIDENTE: Don Carlos Augusto García Van Isschot

MAGISTRADOS: Doña Mónica García de Yzaguirre

Don Pedro Joaquín Herrera Puentes, (Ponente).

SENTENCIA 42

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a de 21 de Febrero de 2.007.

VISTAS por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial las actuaciones de que dimana el presente rollo en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº Once de Las Palmas de Gran Canaria en los autos referenciados (División Judicial Patrimonio Hereditario 484/02) seguidos a instancia de DON Víctor, parte apelante, representada en esta alzada por el Procurador Don Francisco Ojeda Rodríguez y asistida por el Letrado Don Mauricio Roque González, contra DON Luis Pedro, parte apelada, no personada en esta alzada, siendo ponente el Sr. Magistrado Don Pedro Joaquín Herrera Puentes, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia No. Once de Las Palmas de Gran Canaria, se dictó sentencia en los referidos autos cuya parte dispositiva literalmente establece: «Que DESESTIMANDO íntegramente la impugnación del cuaderno particional interpuesta por D. Francisco Ojeda Ramírez Procurador de los Tribunales y de D. Víctor, debo aprobar y apruebo la partición realizada por D. Luis María de la herencia de Dª Teresa y D. Marcelino, sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas procesales. »

SEGUNDO

La referida sentencia, de fecha 21 de Septiembre de 2.005, se recurrió en apelación por la parte instante, interponiéndose tras su anuncio el correspondiente recurso de apelación con base a los hechos y fundamentos que son de ver en el mismo. Tramitado el recurso en la forma dispuesta en el art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se elevaron las actuaciones a esta Sala, donde se formó rollo de apelación. No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, sin necesidad de celebración de vista se señaló para discusión, votación y fallo el día 30 de enero de 2.007.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante en su recurso mantiene prácticamente los motivos que en su día utilizó para impugnar el cuaderno particional elaborado por el contador Don Luis María, fechado el pasado 8 de Junio de 2.004, y que tiene por objeto la práctica de las operaciones divisorias de los caudales relictos de Don Marcelino, fallecido el 27 de Julio de 1.997, y Doña Teresa, fallecida...

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