RESOLUCIÓN IUE/3741/2007, de 5 de diciembre, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para otorgar ayudas en equipamiento e infraestructura destinados a la investigación (PEIR - DGR 2007).
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÓN
IUE/3741/2007, de 5 de diciembre, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para otorgar ayudas en equipamiento e infraestructura destinados a la investigación (PEIR - DGR 2007).
Conforme a lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, del 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña; la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real el decreto 887/2006, del 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones;
Considerando la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que deben regir la concesión de becas y ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR);
Considerando el Plan de Investigación e Innovación de Cataluña (PRI) 2005-2008, aprobado por el Pleno del CIRIT el 28 de diciembre de 2004 y por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad el 25 de enero de 2005;
Considerando el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo según el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) núm. 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional;
Considerando que el Programa Operativo FEDER - Cataluña 2007-2013 prevé como una de las líneas prioritarias de actuación la creación y mejora del equipamiento de investigación y desarrollo tecnológico;
Dado que el artículo 11 del Decreto 168/2002, de 11 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia, dispone que corresponde en al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, como también su resolución, y que estas facultades han sido delegadas en el/la presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación, con fecha 5 de diciembre de 2002,
Resuelvo:
Aprobar las bases y convocar las ayudas para equipamiento e infraestructura destinados a la investigación (PEIR - DGR 2007), cuyas condiciones figuran en el anexo de esta Resolución.
Esta convocatoria está cofinanciada por la Dirección General de Investigación del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa y por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de los Fondos Estructurales de la Unión Europea. El importe global es de 5.150.000,00 (cinco millones ciento cincuenta mil) euros, con cargo a las partidas presupuestarias 780.0001 y 781.0001 del presupuesto de la AGAUR para el año 2007.
Esta Resolución agota la vía administrativa. A continuación se indican los recursos que se pueden interponer: recurso potestativo de reposición ante el/la presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, conforme a lo previsto por los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, del régimen jurídico de administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, del 13 de enero, y los artículos 8, 14 y 16 de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Barcelona, 5 de diciembre de 2007
Ramon Moreno i Amich
Presidente de la Comisión Ejecutiva
de Ayudas de Investigación
Anexo
.1 Objetivo
1.1 El objetivo de esta convocatoria es otorgar ayudas a las universidades del sistema universitario catalán para la financiación de inversión nueva o reposición destinada a la adquisición de equipamiento e infraestructura para la investigación.
Las actuaciones financiables pueden ser las siguientes:
Modalidad A: la adquisición de gran equipamiento científico y tecnológico. Se entiende por gran equipamiento científico todo aquel equipamiento de un valor unitario igual o superior a 50.000,00 (cincuenta mil) euros.
Modalidad B: la adquisición de equipamiento científico y tecnológico pequeño. Se entiende por equipamiento científico pequeño aquel que tenga un valor unitario inferior a 50.000,00 (cincuenta mil) euros.
1.2. Los proyectos de equipamiento e infraestructura destinados a la investigación solicitados deberán estar claramente integrados en las líneas de investigación de la universidad solicitante y pueden incluir:
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Equipamiento científico y tecnológico de investigación.
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Fondo bibliográfico.
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Equipamientos informáticos y software especializado destinado a la investigación.
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Gastos derivados de la instalación de redes de comunicación y de la conexión a instalaciones...
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